Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 124 de 29/10/1996

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

ORDEN de 14 de octubre de 1996, por la que se añade al Reglamento de Régimen Interior de la Empresa Pública de Suelo de Andalucía una disposición adicional sobre especiales condiciones de enajenación para sus bienes y derechos en Costa Ballena de Rota-Chipiona, Cádiz.

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Por Orden de 31 de julio de 1991 se aprobó el Reglamento de Régimen Interior de la Empresa Pública de Suelo de Andalucía (EPSA), el cual en su Título IV regula las condiciones y requisitos de las enajenaciones lucrativas de los bienes inmuebles de la Empresa con carácter general para su actuaciones industriales y residenciales dentro de su política de vivienda.

La singularidad de la actuación «Costa Ballena¯ que como empresa urbanizadora gestiona EPSA, las características de las parcelas y el modelo de implantación turística que se pretende conseguir en la zona, aconsejan la enajenación u otras formas de disposición de las referidas parcelas con arreglo a condiciones específicas de enajenación sin ajustarse estrictamente a las recogidas, con carácter general, en el citado Reglamento de Régimen Interior en lo que respecta fundamentalmente a plazos y cuantías máximas y mínimas; ello siempre con estrictos criterios de interés público y rentabilidad social y con sujeción a los principios de publicidad y concurrencia, tal como dispone el artículo 3º de los Estatutos por los que se rige EPSA, para el desarrollo del giro o tráfico de sus fines institucionales, mediante los actos, relaciones jurídicas o ejercicio de las acciones que requiera el más eficaz cumplimiento de aquéllos.

El objeto de la presente Orden es facultar al Consejo de Administración de dicha Empresa Pública para la regulación de las condiciones de venta de la citada actuación a fin de lograr una más ágil adaptación de las mismas a las exigencias de la dinámica del mercado inmobiliario turístico.

En su virtud, de conformidad con las facultades atribuidas por la disposición final del Decreto 113/1991, de 21 de mayo, por el que se aprueban los Estatutos de EPSA, por esta Consejería se ha dispuesto:

Primero. Añadir al Reglamento de Régimen Interior de la Empresa Pública de Suelo de Andalucía, aprobado por Orden de 31 de julio de 1991, una Disposición Adicional con el siguiente contenido:

«Disposición Adicional única. Régimen especial aplicable a la disposición de bienes y derechos de que es titular EPSA en los Planes Parciales "Costa Ballena".

1. Para la enajenación y transmisión de bienes y derechos de que es titular EPSA en los ámbitos de los Planes Parciales de los Sectores únicos "Costa Ballena", de Rota y Chipiona, el Consejo de Administración de la citada Empresa Pública podrá aprobar un régimen de excepción al general establecido en el presente Reglamento.

2. Dicho régimen contendrá las bases para su regulación que, en todo caso, respetarán los principios de publicidad y libre concurrencia¯.

Segundo. La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Lo que comunico a VV.II. para su conocimiento y efectos.

Sevilla, 14 de octubre de 1996

FRANCISCO VALLEJO SERRANO

Consejero de Obras Públicas y Transportes

Ilmos. Sres.: Viceconsejero, Secretario General de Planificación, Secretario General Técnico, Directores Generales y Delegados Provinciales de la Consejería de Obras Públicas y Transportes.

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