Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 132 de 16/11/1996

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Consejería de Agricultura y Pesca

ANUNCIO de la Delegación Provincial de Huelva, sobre la resolución del expediente sancionador que se cita. (477/94).

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De conformidad con lo dispuesto en el art. 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y una vez intentada, sin efecto, la notificación al interesado de la Resolución del Ilmo. Sr. Director General de Pesca, de 22 de julio de 1996, don Fernando Palomares Ortega, se dispone su publicación transcribiéndose a continuación su texto íntegro.

«Resolución de 22 de julio de 1996.

Visto el expediente sancionador núm. 477/94, instruido por la Delegación Provincial de esta Consejería de Huelva contra don Fernando Palomares Ortega por presuntas infracciones a la Ley 53/82, de 13 de julio, de pesca marítima, y siendo cuestiones de previa consideración el examen de la vigencia de la acción para ejercer la potestad sancionadora, y atendiendo a los siguientes:

ANTECEDENTES

1.º Que en fecha 3 de marzo de 1995 fue dictado por la mencionada Delegación acuerdo de iniciación del procedimiento sancionador anteriormente referenciado, mediante el que se imputaba al presunto responsable don Fernando Palomares Ortega la comisión de una infracción de la legislación reseñada.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

Primero. La imputación de infracción administrativa de carácter grave determina la competencia para la resolución de expediente del Director General de Pesca de la Junta de Andalucía, en atención a lo dispuesto en el art. 7.º del Decreto 35/87, de 11 de febrero (BOJ núm. 20, de 10.3.87).

Segundo. Considerando que desde la fecha del acuerdo de iniciación del procedimiento a la entrada en este órgano para su resolución, ha transcurrido con exceso el plazo establecido en el Anexo II del Decreto

137/1993, de 7 de septiembre, de la Consejería de Agricultura y Pesca, por el que se dictan normas relativas a los procedimientos de aplicación en el ámbito de la mencionada Consejería, relacionado con el artículo 20.6 del Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento para el ejercicio de la potestad sancionadora, concordante con el artículo

43.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; procede el archivo de las actuaciones que integran el expediente indicado, por causa de caducidad.

Tercero. En cumplimiento de lo establecido en el artículo 89.3 de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, contra la presente resolución y de acuerdo con lo establecido en los artículos 102.1 y 114 de la misma Ley, podrá interponer recurso ordinario ante el Consejero de Agricultura y Pesca, en el plazo de un mes, contando desde el día de su notificación.

En virtud de lo anterior, esta Dirección General de Pesca, acuerda el archivo de las actuaciones, por razón de caducidad, correspondiente al expediente 477/94, incoado a don Fernando Palomares Ortega.

Notifíquese la presente resolución a los interesados en legal forma.

El Director General de Pesca. Fdo.: Francisco Gómez Aracil¯.

Contra la resolución transcrita, que no es definitiva en vía administrativa, pueden los interesados interponer recurso ordinario ante el Excmo. Sr. Consejero de Agricultura y Pesca, en el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del presente anuncio.

Huelva, 27 de septiembre de 1996.- El Delegado, Domingo Avila Fernández.

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