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Al no ser posible la notificación en el domicilio del interesado, y según lo establecido en el art. 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la Dirección General de Acción e Inserción Social ha resuelto la publicación del siguiente acuerdo:
De conformidad con lo establecido en el art. 26 de la Ley 7/1996, de 31 de julio del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 1996, he acordado Iniciar el expediente de reintegro de la cantidad percibida en concepto de subvenciones y que no han sido justificadas.
Los datos referentes a las subvenciones pendientes de justificación se detallan a continuación:
Beneficiario: Manuela Aguilar Márquez.
Concepto: Ayuda asistencial.
Año: 1991 y 1992.
Importe pendiente de justificar: 275.000 ptas. y 300.000 ptas. respectivamente.
Fecha de pago: 21.5.92 y 15.6.93 respectivamente.
Lo que se comunica para su conocimiento y efectos oportunos, de conformidad con lo previsto en el art. 58 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Sevilla, 15 de octubre de 1996.- El Director General, Juan Antonio Palacios Escobar.
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