Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 136 de 26/11/1996

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

ORDEN de 7 de noviembre de 1996, por la que se conceden subvenciones a Entidades Locales para mejora de su infraestructura al amparo de la Orden que se cita.

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Mediante Orden de 30 de enero de 1996 se aprobaron las normas por las que se ha de regir la concesión de subvenciones a Entidades Locales para la mejora de su infraestructura durante el ejercicio 1996.

Una vez han sido evaluadas las solicitudes formuladas por las Entidades Locales y cumplidos los requisitos de tramitación conforme al procedimiento dispuesto por dicha normativa, mediante la presente Orden se procede a conceder subvenciones a los Ayuntamientos que se especifican para los proyectos y actuaciones que han sido consideradas prioritarias, todo ello de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias.

Teniendo en cuenta las facultades que me confiere la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma, así como la Ley 7/1996, de 31 de julio, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma para 1996, y en virtud de lo dispuesto por el artículo 44.4 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía y en la Orden de 30 de enero de 1996, por la que se regula la concesión de subvenciones a Entidades Locales para mejora de su infraestructura en el presente ejercicio económico

DISPONGO

Primero. Se concede una subvención a las Entidades Locales que se detallan en el Anexo adjunto a la presente Orden por el importe y proyectos en el mismo consignados, con cargo a la aplicación presupuestaria 765.00.81A.

Segundo. Las subvenciones concedidas deberán ser aplicadas a la ejecución de los proyectos y actuaciones para las que han sido otorgadas.

Tercero. La subvención se hará efectiva mediante el abono de un 75% de su importe, librándose el 25% restante una vez haya sido justificado el pago anterior.

Cuarto. La justificación se realizará ante la Consejería de Gobernación, Dirección General de Administración Local y Justicia, en la forma establecida por el artículo 10 de la Orden de convocatoria de 30 de enero de

1996.

Quinto. Las obligaciones de los beneficiarios de las subvenciones concedidas por la presente Orden así como, en su caso, el reintegro de las cantidades percibidas, se regularán por lo dispuesto en los artículos 14 y 15 de la Orden de 30 de enero de 1996.

Sexto. Las subvenciones aquí concedidas por importe inferior a tres millones de pesetas se sustraen de la competencia conferida a los Delegados de Gobernación por el número 4 del artículo 8 de la Orden de 30 de enero de

1996.

Séptimo. De la presente Orden se dará conocimiento a las Entidades afectadas y será publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y expuesta en los tablones de anuncios de la Consejería de Gobernación y sus Organos periféricos.

Sevilla, 7 de noviembre de 1996

CARMEN HERMOSIN BONO

Consejera de Gobernación

Municipio Destino Importe

Alfacar Reforma y ampliación Casa Consistorial 750.000. Alicún de Ortega Adq. Vehículo, equipo informático, 600.000. central telef.

Alquife Adq. mobiliario y equipo informático 500.000. Beas de Granada Acondicionamiento edf. Ayuntamiento 700.000. (Climatización)

Cástaras Climatización Oficinas Municipales 350.000. Darro Adq. mobiliario, radiadores y calculad. 300.000. Iznalloz Acondicionamiento acústico en el edif. 1.000.000. del antiguo mercado

Jatar (ELM) Adq. equipo informático 500.000. Jerez del Construcción embalse de hormigón armado 3.000.000. Marquesado en el paraje de La Lomilla.

Jun Aquisición bienes inventariables 1.500.000. Mairena (ELM) Construcción edf. dependencias munic. 700.000. y local usos múltiples

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