Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 138 de 30/11/1996

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Otros. DIPUTACION PROVINCIAL DE JAEN

ANUNCIO de bases.

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La Excma. Diputación Provincial, en sesión celebrada el día 31 de octubre de 1996, acordó lo siguiente:

BASES PARA LA PROVISION DE UNA PLAZA DE FUNCIONARIO/A DE CARRERA, PERTENECIENTE AL GRUPO C, ESCALA ADMINISTRACION ESPECIAL, SUBESCALA TECNICA, CLASE AUXILIAR, CATEGORIA DELINEANTE, MEDIANTE CONCURSO-OPOSICION

Primera. Objeto de la convocatoria.

Es objeto de esta convocatoria la provisión mediante concurso-oposición, de una plaza de funcionario/a de Carrera, perteneciente al Grupo C, Escala de Administración Especial, Subescala Técnica, Clase Superior, Categoría Delineante, vacante en la plantilla de Funcionarios correspondiente a la Oferta de Empleo de 1996.

Segunda. Requisitos que han de reunir los/as aspirantes.

a) Ser español/la.

b) Tener cumplida la edad de 18 años.

c) Estar en posesión del título de Formación Profesional de segundo grado, Rama Delineación o equivalente o en condiciones de obtenerlo, en la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.

d) No padecer enfermedad o defecto físico alguno que le impida el desempeño de las funciones correspondientes.

e) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio a Estado, a las Comunidades Autónomas o a las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

Tercera. Instancias y documentos a presentar.

Las instancias para tomar parte en la convocatoria se dirigirán al Ilmo. Sr. Presidente de la Diputación Provincial; debiendo manifestar que cumplen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la Base Segunda de la convocatoria.

Si concurriesen aspirantes con alguna discapacidad deberá indicarlo en la solicitud precisando las adaptaciones de tiempo y medios para la realización de las pruebas., debiendo acompañar certificado de discapacidad expedido por la Administración competente, donde deberá expresar que la misma no le incapacita para el desempeño del puesto de trabajo de Delineante (artículo

19 del Real Decreto 364/95, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso de personal al servicio de la Administración General del Estado).

Se deberán adjuntar, fotocopias, debidamente compulsadas, de los documentos que acrediten que efectivamente se cumplen los requisitos, a excepción de los reseñados en los apartados d) y e) que deberán acreditarse posteriormente.

Los documentos que se han de presentar para acreditar que se cumplen los requisitos señalados en los apartado a), b) y c) serán los siguientes:

1. Fotocopia del Documento Nacional de Identidad.

2. Fotocopia del título académico o del resguardo de haber abonado los derechos para su expedición.

A las instancias deberán acompañarse las certificaciones y documentos justificativos de los méritos alegados por los interesados/as conforme se determina en la base séptima. No serán tenidos en cuenta aquellos méritos no justificados ni presentados dentro del plazo de presentación de instancias.

Cuarta. Plazo y forma de presentación de documentos.

Las instancias y documentos se presentarán en el Registro General de la Diputación Provincial de Jaén, o por los medios previstos en el artículo

38.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, dentro del plazo de 20 días naturales, a contar desde el siguiente en que aparezca el extracto del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, prorrogándose hasta el primer día hábil siguiente si el plazo terminase en un día inhábil. En el supuesto de presentación de instancias en Administración distinta, deberá comunicarse por telegrama al Area de Personal de la Diputación Provincial de Jaén, en el plazo de 10 días naturales desde que terminó el plazo de presentación de instancias.

Quinta. Derechos de examen.

Los/as aspirantes deberán ingresar la cuantía de 1.500 ptas. en la cuenta número 20920010191100000013 abierta a nombre de la Diputación Provincial de Jaén en la Caja Provincial de Ahorros de Jaén.

Los derechos de examen serán devueltos, previa solicitud de los interesados/as, en el supuesto de no ser admitidos/as.

En el documento de ingreso se consignará el nombre del interesado/a y la denominación de la plaza a la que se opta.

El justificante, de haber efectuado el ingreso deberá acompañarse a la instancia.

Sexta. Lista de admitidos/as y excluidos/as.

Terminado el plazo de presentación de instancias, el Ilmo. Sr. Presidente dictará Resolución declarando aprobada la lista de admitidos/as y excluidos/as, en su caso. En dicha Resolución, que se publicará en Boletín Oficial de la Provincia, se indicará el plazo de subsanación, que en los términos del artículo 71 de la Ley 30/1992, se concederá a los aspirantes excluidos.

La fecha de publicación de la indicada Resolución será determinante para el cómputo de los plazos a los efectos de las posibles impugnaciones o recursos sobre la misma.

Asimismo el Ilmo. Sr. Presidente procederá al nombramiento del Tribunal que se hará público junto con la referida lista en el Boletín Oficial de la Provincia, a los efectos de recusación previstos en el artículo 29 de la Ley

30/1992.

Séptima. Procedimiento de selección de los/as aspirantes.

La selección constará de dos fases: Una de Concurso y otra de Oposición.

La fase de Concurso será previa a la de Oposición.

Los puntos obtenidos en la Fase de Concurso se sumarán a la puntuación obtenida en la fase de oposición a los efectos de establecer el aspirante seleccionado. Estos puntos no podrán ser aplicados para superar la fase de oposición.

1. Fase de Concurso.

A) Méritos Profesionales.

Servicios prestados:

- Por cada mes completo de servicios prestados en Administración Local en plaza o puesto de Delineante, 0,20 puntos.

- Por cada mes completo de servicios prestados en otras Administraciones Públicas, en plaza o puesto de Delineante, 0,10 puntos.

- Por cada mes completo de servicios prestados en Empresas Privadas, con la categoría de Delineante, 0,05 puntos.

Puntuación máxima por este apartado 7 puntos.

A estos efectos no se computarán servicios que hubieran sido prestados simultáneamente con otros igualmente alegados y se reducirán proporcionalmente los prestados a tiempo parcial.

B) Cursos y Seminarios, Congresos y Jornadas.

Siempre que se encuentren relacionados con la plaza a que se opta e impartidos por Instituciones de carácter público.

- Por la participación como asistente:

Hasta 14 horas o 2 días: 0,15 puntos.

De 15 a 40 horas o de duración de 3 a 7 días: 0,20 puntos. De 41 a 70 horas o de duración de 8 a 12 días: 0,30 puntos. De 71 a 100 horas o de duración de 13 a 20 días: 0,40 puntos. De 101 a 199 horas o de duración de 21 a 40 días: 0,50 puntos. De más de 200 horas o más de 40 días: 1,00 punto.

Los cursos en los que no se exprese duración alguna serán valorados con la puntuación mínima a que se refiere la anterior escala.

- Por la participación como Director, Coordinador o Ponente: 0,20 puntos. La participación en una misma actividad docente como Director o Coordinador y como Ponente en varias materias sólo será objeto de una única puntuación.

Puntuación total por este apartado 3 puntos.

Justificación de los méritos alegados.

A) Experiencia profesional.

Certificación expedida por la Administración correspondiente, en la que se acrediten los servicios prestados.

Certificado de cotizaciones de la Seguridad Social acompañado del contrato de trabajo o nóminas o cualquier otro documento con fuerza probatoria.

B) Cursos, seminarios, congresos y jornadas.

Para la acreditación de estos méritos habrá de aportarse certificación o diploma expedido por la entidad organizadora, cuando la organización hubiese estado a cargo de entidad privada en colaboración con las Administraciones Públicas, deberá constar expresamente tal condición.

2. Fase de Oposición.

Primer Ejercicio: Consistirá en la realización de un test de preguntas concretas o un cuestionario sobre las materias comunes del Programa Anexo, cuyo número determinará el Tribunal. El tiempo máximo de que dispondrán los aspirantes para la realización del ejercicio será de 90 minutos.

Segundo Ejercicio: Consistirá en la realización de dos supuestos prácticos a elegir por el aspirante, entre tres propuestos por el Tribunal y relacionados con las Materias Específicas del Programa Anexo. El tiempo máximo de realización para los dos supuestos serán de 4 horas.

En el caso de que algún o algunos de los supuestos propuestos por el Tribunal sean sobre temas relativos a Diseño asistido por ordenador, éste o éstos se realizarán con las herramientas informáticas que se utilizan en esta Diputación Provincial de Jaén El sistema de calificación de los ejercicios será el siguiente:

Todos los ejercicios serán calificados hasta un máximo de 10 puntos, siendo eliminados aquéllos que no alcancen un mínimo de 5 puntos. Cada miembro del Tribunal otorgará de 0 a 10 puntos, adoptándose las calificaciones sumando las otorgadas y dividiéndolas por el número de los miembros del Tribunal. Despreciándose las puntuaciones diferenciales en 3 puntos.

Octava. Desarrollo de los Ejercicios.

En la resolución en la que se apruebe la lista de aspirantes admitidos/as y excluidos/as se determinará el lugar, día y hora de constitución del Tribunal para la Baremación de los méritos alegados por los aspirantes.

Los anuncios de las siguientes fases del proceso selectivo se harán públicos en el tablón de edictos de la Corporación y en el lugar en que se hubieren celebrado las anteriores fases.

Desde la terminación de una prueba y el comienzo de la siguiente deberá transcurrir un mínimo de 72 horas.

En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los aspirantes para que acrediten su personalidad.

La duración máxima entre los ejercicios de la fase de oposición no podrá superar los 45 días.

Hasta la fecha de terminación de la fase de oposición los opositores podrán pedir al Tribunal que revise la fase de concurso.

Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos quienes no comparezcan.

Novena. Tribunal Calificador.

Presidente: El de la Diputación Provincial o Diputado/a en quien delegue.

Vocales:

- Un/a funcionario/a Técnico/a experto/a en la materia objeto de la convocatoria, designado/a por el Sr. Presidente.

- Un/a funcionario/a público/a designado/a por la Junta de Andalucía.

- Un/a funcionario/a público/a, designado/a por el Sr. Presidente a propuesta de la Junta de Personal.

Secretario:

Funcionario de Carrera del Area de Personal de la Diputación Provincial que se designe, con voz y voto.

La designación de los miembros del Tribunal, incluirá la de sus respectivos suplentes.

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de al menos la mitad más uno de los miembros, titulares o suplentes, indistintamente.

Los vocales deberán estar en posesión de un nivel de titulación igual o superior al exigido para el ingreso en la plaza convocada.

Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de formar parte del mismo cuando concurran alguna de las circunstancias prevista en el artículo 28 de la Ley 30/1992.

Décima. Relación de aprobados/as, presentación de documentación y nombramiento de funcionario.

La lista de los méritos de cada opositor, así como las de aprobados en cada ejercicio se publicarán en los locales donde se hayan celebrado los mismos, así como en los tablones de edictos de la Corporación.

Terminada la valoración de los méritos y calificación de los ejercicios, el Tribunal publicará el nombre del/de la aspirante que haya obtenido la mayor puntuación en función de la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de Concurso y Oposición, que se elevará al Ilmo. Sr. Presidente para que proceda al nombramiento de funcionario de carrera. En ningún caso podrá el Tribunal declarar aprobados mayor número de aspirantes que el de plazas convocadas.

El/La aspirante propuesto/a presentará en el Area de Personal de la Diputación Provincial, en el plazo de 20 días naturales, a contar desde el siguiente a que se haga pública la propuesta, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria.

Si dentro del plazo indicado, salvo supuesto de fuerza mayor, el/la aspirante propuesto/a no presentare la documentación, no podrá ser nombrado/a funcionario/a de carrera y perderá todos los derechos, sin perjuicio de las responsabilidades en que hubiere podido incurrir.

El/Los aspirante/s seleccionados deberán someterse, previamente a la obtención de la condición de funcionario, a un reconocimiento médico por los servicios que se le designen por la Diputación Provincial a fin de comprobar que el/la mismo/a no padece enfermedad o defecto físico alguno que le impida el desempeño de las funciones correspondientes a la plaza para la que ha sido propuesto/a.

Quien tuviera la condición de funcionario/a público/a estará exento/a de justificar las condiciones y requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento o designación, debiendo presentar únicamente certificado del Ministerio, Organismo o Corporación de quien dependa, acreditando su condición y demás circunstancias que consten en su expediente personal.

Decimoprimera. Incidencias.

El Tribunal podrá resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen desarrollo de proceso selectivo.

En lo no previsto en las Bases de la convocatoria, se estará a lo establecido en la Ley 7/1985 de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local; Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local; Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado, y de Provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado; R.D. 896/91, de 7 de junio, por el que se establecen las Reglas Básicas y programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local y demás disposiciones legales que le sean de aplicación.

Base final. Recursos.

La convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de éstas, agotan la vía administrativa, pudiendo interponer los/as interesados/as recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala de Granada del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado o del que se dicte acto que imposibilite seguir con el procedimiento o produzca indefensión a los interesados, debiendo comunicar previamente su intención de interponer el correspondiente recurso, conforme a lo dispuesto en el artículo 110.3 de la Ley 30/1992.

A N E X O

Materias Comunes.

1. La Constitución Española de 1978. Principios Generales. Características y estructura.

2. Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho. Fuentes del Derecho Público. La Ley. Clases de Leyes.

3 . Los derechos del ciudadano ante la Administración Pública. Consideración especial del interesado. Colaboración y participación de los ciudadanos en la Administración.

4. El acto administrativo: concepto y clases de actos administrativos. Elementos del acto administrativo. Eficacia y validez de los actos administrativos.

5. Régimen local español. Principios constitucionales y regulación jurídica.

6. Organización y competencias municipales/provinciales.

7. Personal al servicio de la Entidad Local. La función pública local: Organización, selección y situaciones administrativas. El personal laboral.

8. Derechos y deberes fundamentales del personal al servicio de los Entes Locales. Responsabilidad. Régimen disciplinario. El sistema de Seguridad Social del personal al servicios de las Entidades Locales.

9. El presupuesto de las Entidades Locales: Elaboración, aprobación y ejecución presupuestaria. Su control y fiscalización.

Materias Específicas.

1. Escalas, construcción, comprobación y uso de Escalas y Círculos Graduados. Transformación de Escalas, comprobación, rectificación y manejo de reglas y plantillas.

2. Generalidades sobre normalización DIN ASA, ISO, UNE Y MILITAR. Formatos.

3. Acotaciones. Nociones Generales. Cotas de Dimensión y de Situación, selección, correlación y colocación de Cotas. Acotación en el espacio limitado. Tolerancias acumulativas por simetría de concentridad y de ejes. Tolerancia para Cotas Angulares.

4. Tangentes. Construcción de Circunferencias Tangentes entre sí. Enlace de Curva. Construcción de Rectas y Circunferencias Tangentes. Enlaces de Rectas y Curvas.

5. Perspectiva Cónica. Generalidades y fundamento de la Perspectiva Cónica. Puntos de vista y línea del horizonte. Punto de concurso o de fuga. Puntos métricos o de distancia. Puntos inaccesibles. Casos en que uno de los puntos de concurso se encuentre fuera del cuadro.

6. Circunferencia y Círculos. Posiciones respecto a Recta. Cuerdas y Arcos. Medidas de Angulos y Arcos. Angulos Centrales. Inscritos, Seminscritos, Interiores y Exteriores. Arco Capaz.

7. Arcos. Clasificación y construcción.

8. Polígonos. Definición, clases, elementos y construcción.

9. Perímetro y Area de los Polígonos. Teorema de Pitágoras. Longitud de la Circunferencia y Area del Círculo. Area del Sector. Segmento y Corona Circular. Medida de Areas, Unidades Agraria y Usa.

10. Construcción de Ovalos, Ovoides y Elipses. Diferentes casos.

11. Perspectiva Axonométrica, Isométrica, Dimétrica y Trimétrica. Perspectiva Caballera.

12. Formas del Terreno. Cima o Cota, Vertiente o Ladera, División, Línea de Cumbres, Valle o Vaguada, Collado. Escarpe, Puerto, Rellano, Ruptura de Pendiente, Cubeta, Meseta, Colina, etc.

13. Planos Acotados y planos con Curva de Nivel. Interpolación y trazado de Curvas de Nivel. Perfiles y Secciones.

14. Cartografía de uso de diferentes Organismos en los Servicios Técnicos de Planificación, Infraestructuras y Equipamientos.

15. Edificación. Plantas, Alzados, Secciones y Cubierta. Interpretación y correlación. Detalles constructivos específicos de los Servicios Técnicos de Infraestructura de Carreteras, Infraestructura Urbana, Infraestructura Industrial, e Instalaciones Municipales y Deportivas.

16. Escaleras. Trazados y Construcción. Tipologías.

17. Levantamiento de Edificios y Terrenos. Toma de Datos de Campo y Construcción. Triangulación, Nivelación y Acotación. Superficiación y Medición de Volúmenes.

18. Generalidades sobre Muros. Aparejos (Ladrillos, Muros, etc.). Gruesos. El Muro como elementos de cerramiento y como elemento estructural.

19. Cerramiento de los edificios, Parcelas, Complejos, etc. Distintos sistemas: Tradiciones y Patentes. Detalles Constructivos.

20. Instalaciones de las Edificaciones. Simbologías: Electricidad, Fontanería, Sanitaria, Calefacción. Normativa de aplicación. Sistema de representación.

21. Clasificación Urbanística del Suelo.

22. Proyecto de Urbanización. Estudio de Detalle.

Diseño asistido por ordenador.

23. Coordenadas y Referencias.

24. La visión del papel.

25. Ordenes de dibujo.

26. Ordenes de Edición.

27. Las capas. Concepto, creación y modificaciones.

28. Sombreado. Patrones.

29. Acotación.

30. Bloques. Definición, inserción, almacenamiento y atributos.

31. Trazados de Planos.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Jaén, 8 de noviembre de 1996.- El Presidente, Felipe López García.