Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 147 de 21/12/1996

3. Otras disposiciones

Consejería de Cultura

RESOLUCION de 6 de agosto de 1996, de la Dirección General de Bienes Culturales, por la que se resuelve inscribir con carácter genérico en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, la Capilla Camarín de Ntra. Sra. de la Piedad, en Vélez-Málaga (Málaga).

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Vistas las actuaciones practicadas en el procedimiento incoado por Resolución de 7 de julio de 1994, de esta Dirección General, para la inscripción con carácter genérico en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, a favor de la Capilla Camarín de Ntra. Sra. de la Piedad, en Vélez-Málaga (Málaga), se resuelve con la decisión que se contiene al final del presente escrito, a la que sirven de motivación los siguientes hechos y fundamentos de derecho:

H E C H O S

Primero. Por Resolución de 7 de julio de 1994 de esta Dirección General, se incoa procedimiento para la inscripción con carácter genérico en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, de la Capilla Camarín de Ntra.

Sra. de la Piedad, en Vélez-Málaga (Málaga), al amparo de lo establecido en el artículo 9.1 y 2 de la Ley 1/1991, de 3 de julio, de Patrimonio Histórico de Andalucía.

Segundo. En la tramitación del procedimiento han sido observadas las formalidades previstas en el apartado 2 del artículo 9 de la Ley antes citada, concediéndose trámite de audiencia tanto a los interesados en el procedimiento de inscripción, como al Ayuntamiento de Vélez-Málaga (Málaga), en cuyo término municipal está situado el inmueble.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

I. El Estatuto de Autonomía de Andalucía en su artículo.3, refiriéndose a las funciones de conservación y enriquecimiento del Patrimonio Histórico que obligatoriamente deben asumir los poderes públicos según prescribe el artículo 46 de la Constitución Española de 1978, establece como uno de los objetivos básicos de la Comunidad Autónoma la protección y realce del patrimonio histórico-artístico de Andalucía, atribuyendo a la misma en su artículo 13.27 y 28, competencia exclusiva sobre esta materia.

En ejercicio de dicha competencia es aprobada la Ley 1/1991, de 3 de julio, de Patrimonio Histórico de Andalucía, en la que, y entre otros mecanismos de protección, se crea el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz como instrumento para la salvaguarda de los bienes en él inscritos, su consulta y divulgación, atribuyéndosele a la Consejería de Cultura la formación y conservación del mismo.

II. La competencia para resolver los procedimientos de inscripción genérica en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, corresponde al Director General de Bienes Culturales, en virtud de lo dispuesto en el artículo 9.3.a) de la Ley 1/1991, de 3 de julio, y artículo 5.2 del Decreto

4/1993, de 26 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía.

III. Conforme determina el artículo 8 de la Ley 1/1991, de 3 de julio, de Patrimonio Histórico de Andalucía, la inscripción genérica supondrá la exigencia de las obligaciones establecidas en esta Ley y la aplicación del régimen de sanciones previsto para los titulares de bienes catalogados.

IV. La inscripción de un bien inmueble en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz determinará, conforme establece el artículo 12 de la antes aludida Ley 1/1991, de 3 de julio, la inscripción automática del mismo con carácter definitivo en el registro de inmuebles catalogados o catalogables que obligatoriamente deben llevar las Comisiones Provinciales de Urbanismo, con arreglo al artículo 87 del Reglamento de Planeamiento Urbanístico aprobado mediante Real Decreto 2159/1978, de 23 de junio.

Por todo lo expuesto, a tenor de las actuaciones practicadas y teniendo en cuenta las disposiciones citadas, sus concordantes y normas de general aplicación, esta Dirección General,

R E S U E L V E

Inscribir con carácter genérico en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, la Capilla Camarín de Ntra. Sra. de la Piedad, en Vélez-Málaga (Málaga), cuya identificación y descripción es la siguiente:

Identificación.

Denominación: Capilla Camarín de Ntra. Sra. de la Piedad. Localidad: Vélez-Málaga (Málaga).

Ubicación: C/ Piedad y C/ Las Tiendas, s/n.

Epoca: Siglos XVII-XVIII.

Estilo: Barroco.

Autor: Atribuido a José Martín de Aldehuela.

Descripción.

La Capilla-camarín, cuyo origen se ha remontado tradicionalmente al siglo XVII es, en realidad, el producto de una intervención llevada a cabo en 1778.

La capilla presenta dos cuerpos: El bajo está ocupado actualmente por un comercio privado, mientras el segundo alberga el camarín donde se encuentra la imagen de María Santísima de la Piedad, perteneciente a la Cofradía de su mismo nombre. Es evidente que, pese a su distribución actual, el conjunto fue concebido de manera unitaria.

El camarín de la Virgen presenta planta hexagonal, ligeramente irregular, esquema éste que se mantiene en el alzado. En el lado mayor se abre un gran arco de medio punto que enmarca una cristalera. Esta sirve como expositor de la imagen, y deja traslucir la profusa decoración de yeserías del interior.

En los restantes lados del polígono, los muros se cargan con pilastras adosadas que rematan en una cornisa de moldurones y ornamentos florales. El camarín se puede recorrer exteriormente mediante un corredor perimetral a modo de balconada.

En el interior, todos los lados del hexágono están enmarcados por arcos de medio punto, que siguen el esquema del vano expositor. El conjunto queda rematado por una ancha moldura, que sirve de base a la cúpula. Esta se asienta sobre cuatro pechinas y dos pseudo pechinas profusamente decoradas.

La cúpula posee un tambor con molduras mixtilíneas que sostiene otro de menor dimensión del que surgen seis nervaduras. El conjunto queda rematado mediante cupulín también hexagonal.

Contra esta Resolución, que no es definitiva en la vía administrativa, cabrá interponer recurso ordinario, de conformidad con lo establecido en los artículos 137.1 y 114 a 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, ante la Excma. Sra. Consejera de Cultura en el plazo de un mes contado desde el día de la publicación.

Sevilla, 6 de agosto de 1996.- El Director General, Marcelino Sánchez Ruiz.

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