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Al no ser posible la notificación en el domicilio del interesado, y de conformidad con lo establecido en el art. 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la Dirección General de Acción e Inserción Social ha resuelto la publicación del siguiente acuerdo:
En cumplimiento de la normativa por la que se regula la concesión de subvenciones a los emigrantes retornados y sus familias y de conformidad con lo acordado por el Director General de Acción e Inserción Social, debe proceder al reintegro de 275.000 ptas. y de 300.000 ptas, que no han sido justificadas y que corresponden a las subvenciones siguientes:
Beneficiaria: Manuela Aguilar Márquez.
Concepto: Ayuda asistencial.
Años: 1991 y 1992.
Importe pendiente de justificar: 275.000 ptas. y 300.000 ptas respectivamente.
Fecha de pago: 21-5-92 y 15-6-93 respectivamente.
Conforme a lo establecido en el art. 84 puntos 1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se le concede un plazo de 15 días, contados a partir del día siguiente a la notificación del presente escrito, para que formule las alegaciones convenientes.
Transcurrido dicho plazo, se procederá a dictar la correspondiente Resolución.
Sevilla, 15 de noviembre de 1996.- El Director General, Juan Antonio Palacios Escobar.
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