Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 17 de 03/02/1996

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Consejería de Gobernación

ANUNCIO de la Delegación Provincial de Málaga, notificando propuesta y Resolución dictada sobre expediente sancionador que se cita. (MA-99/ 95/M.).

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Ante las devoluciones efectuadas por la Oficina Postal, de las notificaciones de los actos consistentes en Propuesta de Resolución y Resolución producidos en el expediente sancionador incoados por esta Delegación por presuntas infracciones a la normativa sobre el Juego y apuestas de la Comunidad Autónoma de Andalucía, contra quien más abajo se indica.

Esta Delegación de Gobernación ha resuelto de acuerdo con lo dispuesto en los arts. 58 y 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre sobre Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, su publicación en BOJA, a los efectos de notificación.

PROPUESTA DEL INSTRUCTOR

Examinado el expediente sancionador núm. MA-99/95/M seguido Acrotronic, S.L. con CIF B-29380748, EJA001618, y domicilio a efectos de notificaciones en C/ Betsaida, 1 de Málaga; y

Resultando. Que con fecha 6 de marzo de 1995, la Inspección de Juego y Apuestas de la Junta de Andalucía, giró visita inspectora al establecimiento denominado «Cafetería Cervantes¯ sito en Avda. Cervantes 27, de Alora, (Málaga); siendo su titular don Cristóbal García Calderón.

Resultando. Que en el citado establecimiento se encontraba/n instalada/s y en funcionamiento la/s máquina/s recreativa/s y de azar tipo «B¯, que a continuación se describe, careciendo del boletín de instalación: Cirsa Nevada, serie 92-5473, matrícula MA002807, guía de circulación 1050707, tiene autorizado boletín de instalación para el establecimiento denominado Bar Paco, sito en Campanillas, Málaga, desde el 14 de septiembre de 1994.

Resultando. Que a la vista de las irregularidades presentadas por la máquina antes citada, la inspección actuante instruyó Acta de Notoriedad, por la que el Ilmo. Sr. Delegado de Gobernación y mediante Providencia de fecha 17 de abril de 1995, acordó la incoación del presente expediente sancionador, a la E.O. interesada, así como la designación de doña María Victoria Vázquez Sell, Inspectora de Juego y Apuestas de la Comunidad Autónoma, como instructora para tramitar el expediente. Todo ello de conformidad con el artículo 54 del Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar.

Resultando. Que ante la imposibilidad de notificar el Pliego de Cargos por el Servicio de Correos, con fecha 24 de junio de 1995 y a tenor de lo dispuesto en el art. 55.2 del RMRA, el Instructor del expediente procedió a notificar el correspondiente Pliego de Cargos, mediante Edicto insertado en el BOJA, sin que hasta la fecha haya sido éste contestado.

Vistos la Ley 2/1986, de 19 de abril, del Juego y Apuestas de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y en su aplicación y desarrollo el Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar, aprobado por Decreto 181/1987, de 29 de julio; así como la Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre, y demás disposiciones legales de general y pertinente aplicación.

Considerando. Que de las informaciones practicadas y de la documentación obrante en el expediente, así como del contenido de los anteriores Resultandos, se deduce que efectivamente Acrotronic, S.L. es responsable de los hechos e infracciones siguientes:

Tener instalada y en explotación, en el establecimiento denominado «Cafetería Cervantes¯, sito en Avda. Cervantes 27, de Málaga, la máquina recreativa tipo «B¯, que a continuación se describe, careciendo del boletín de instalación para el establecimiento donde se encontraba instalada.

Lo que supone infracción de los arts. 38 y 40 del Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar, en relación con el art. 25.4 de la Ley 2/1986, de 19 de abril.

Por cuanto antecede, contemplado lo dispuesto en el art. 55 del RMRA, y concluso el expediente, el Instructor que suscribe tiene el honor de elevarlo a V.I. con la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCION

Que por la Delegación de Gobernación de la Junta de Andalucía en Málaga, se sancione a Acrotronic, S.L. NIF B-29380748, EJA001618, y domicilio a efectos de notificaciones en C/ Betsaida, 1 de Málaga, a:

Por la infracción cometida y referida en el Considerando Unico de esta Propuesta de Resolución, con multa de ciento cincuenta mil pesetas (150.000 ptas.), al tratarse de una falta grave.

No obstante V.I. resolverá lo que su superior criterio estime pertinente, de acuerdo con los arts. 39 de la Ley 2/1986, de 19 de abril, y 56.1 del Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar. Málaga, 17 de julio de 1995. El Instructor del expediente. Fdo. María Victoria Vázquez Sell.

RESOLUCION

Examinado el expediente sancionador núm. MA-99/95/M, seguido a Acrotronic, S.L. con CIF B-29380748, EJA001618, domiciliado en C/ Betsaida 1 de Málaga.

Resultando. Que con fecha 17 de julio de 1995 el Instructor del expediente formuló Propuesta de Resolución, la cual se ajusta en sus términos a lo previsto en el art. 38.2 de la Ley 2/1986, de 19 de abril, del Juego y Apuestas de la Comunidad Autónoma de Andalucía; y al art. 55.4 del Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar, aprobado por Decreto 181/1987, de 29 de julio.

Resultando. Que ha quedado suficientemente probado que en el establecimiento denominado «Cafetería Cervantes¯ sito en Avda. Cervantes, 27 de Málaga, se encontraba/n instalada/s y en funcionamiento la/s máquina/s recreativa/s y de azar tipo «B¯, que a continuación se describe, careciendo del boletín de instalación: Cirsa Nevada, serie 92-5473, matrícula MA002807, guía de circulación 1050707, que estaba siendo explotada careciendo del preceptivo boletín de instalación para el establecimiento donde se encontraba instalada.

Resultando. Que en la tramitación del expediente se han observado todas las prescripciones legales, en especial el procedimiento sancionador del Título VIII de la mencionada Ley 2/1986, de 19 de abril, y el procedimiento sancionador del Título V, Capítulo II, del Decreto 181/1987, de 29 de julio.

Considerando. Que en el art. 39 de la Ley del Juego y Apuestas de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y en el art. 56.1 del Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar, se establece que la conformidad del órgano competente para resolver, elevará a Resolución la Propuesta formulada en los términos legales.

Considerando. Que según el art. 51 del Decreto 181/1987, de 29 de julio, compete a los Delegados de Gobernación las sanciones por infracciones leves y graves cometidas en el ámbito territorial de su competencia.

Considerando. Que los hechos denunciados suponen infracción a los artículos

38 y 40 del Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar, tipificada como una falta grave por el artículo 46.1 del mismo Reglamento, sancionables conforme a los artículos 31.1 de la Ley del Juego y Apuestas, y 48.1 del Decreto 181/1987, de 29 de julio.

Vistos los preceptos citados, así como la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y demás disposiciones legales de general y pertinente aplicación.

ESTA DELEGACION DE GOBERNACION RESUELVE

Primero. Elevar a Resolución la Propuesta por la Instrucción del expediente MA-99/95/M, seguido a Acrotronic, S.L., con NIF B-29380748, EJA001618, imponiendo una sanción por la infracción cometida y referida en el Considerando Unico de esta Propuesta de Resolución, con multa de ciento cincuenta mil pesetas (150.000 ptas.), al tratarse de una falta grave.

Segundo. Que se notifique la presente Resolución al interesado por esta Delegación de Gobernación, acompañada de la Propuesta a que se hace referencia y de la que forma parte.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponer Recurso Ordinario en el plazo de un mes, a contar desde aquél en que se practique la notificación de ésta; con los requisitos señalados en el art. 114 y siguientes de la vigente Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, ante el Excmo. Sr. Consejero de Gobernación de la Junta de Andalucía.

Málaga, 17 de julio de 1995.- El Delegado, Luciano Alonso Alonso.

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