Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 21 de 13/02/1996

1. Disposiciones generales

Consejería de Economía y Hacienda

DECRETO 15/1996 de 16 de enero, por el que se acepta la donación a la Comunidad Autónoma de Andalucía por el Ayuntamiento de Jaén, de solar sito en C/ Santo Domingo núm. 10, con destino a la construcción de un Centro de Servicios Sociales, y se adscribe al Instituto Andaluz de Servicios Sociales.

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Por el Ayuntamiento de Jaén, fue ofrecido a la Comunidad Autónoma de Andalucía un solar sito en C/ Santo Domingo núm. 10, con destino a la construcción de un Centro de Servicios Sociales. El citado solar tiene una superficie de 292 metros cuadrados, que linda: Derecha entrando, con casa de Francisco Díaz Carrillo; izquierda, con Iglesia de Santo Domingo; y espalda, con casa número uno de la calle de Los Uribes, de la testamentaría de Esteban Tirado Carrillo.

Se encuentra inscrito en el Registro de la Propiedad número 2 de Jaén, al folio 51, del tomo 1.179, libro 555de Jaén, bajo el número de finca 27.651, Inscripción 2.ª, libre de cargas y gravámenes.

Por la Consejería de Trabajo y Asuntos Sociales se considera de interés la aceptación de la referida donación, para su adscripción al Instituto Andaluz de Servicios Sociales, en virtud de las competencias que ostenta este Instituto, a propuesta de la Consejera de Economía y Hacienda, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 16 de enero de

1996.

DISPONGO

Primero. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 80 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía se acepta la donación ofrecida por el Ayuntamiento de Jaén, del solar descrito en la parte expositiva del presente Decreto.

Segundo. El bien donado, se adscribe al Instituto Andaluz de Servicios Sociales, para destinarlo a la construcción de un Centro de Servicios Sociales.

Tercero. El bien donado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 de la citada Ley, deberá incorporarse al Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma, como bien de dominio público, una vez inscrito a su nombre en el Registro de la Propiedad.

Cuarto. Por la Consejería de Economía y Hacienda, a través de la Dirección General de Patrimonio, se llevarán a cabo los trámites necesarios para la efectividad de cuanto se dispone en el presente Decreto.

Sevilla, 16 de enero de 1996

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

MAGDALENA ALVAREZ ARZA

Consejera de Economía y Hacienda

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