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De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Trabajo y Asuntos Sociales de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha 29 de diciembre de 1995, por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Granada, en el Recurso Contencioso-Administrativo núm. 1013/1993, promovido por Organismo Autónomo Correos y Telégrafos, sobre sanción, cuyo pronunciamientoes del siguiente tenor:
F A L L O
Estima el recurso contencioso administrativo interpuesto por el Sr. Abogado del Estado en la representación acreditada de Organismo Autónomo de Correos y Telégrafos, contra la Resolución de la Consejería de Trabajo de la Junta de Andalucía, de fecha 23 de marzo de 1993, confirmatorio en reposición de otra anterior de fecha 22 de septiembre de 1992 que había desestimado el recurso de alzada interpuesto contra la de 31 de marzo de 1992, de la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social de la expresada Consejería, que aceptando en parteel Acta de Infracción 1672/91, de 9 de diciembre, impuso al Organismo Autónomo recurrente la sanción de quinientas una mil pesetas de multa por infracción del orden social, cuyos actos administrativos se anulan por no conformes a derecho, sin expresa imposición de costas.
Sevilla, 26 de enero de 1996.- El Secretario General Técnico, Javier Aguado Hinojal.
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