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Primero. La Orden de 1 de marzo de 1995 estableció el régimen de concesión de ayudas para Entidades Públicas y Privadas sin ánimo de lucro en materia de Grupos con Graves Problemas Sociales.
Segundo. Vistas las solicitudes presentadas y resueltos los expedientes incoados, de conformidad todo ello con lo dispuesto en los artículos 47, 48 y 49 de la citada Orden, y en aplicación a lo dispuesto en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma Andaluza para 1994, prorrogados para el ejercicio económico de 1995, el Delegado Provincial de la Consejería de Trabajo y Asuntos Sociales de Cádiz, resolvió otorgar las subvenciones relacionadas en la citada Resolución de 30 de junio de 1995, agotando el crédito presupuestario provincializado disponible a la fecha.
Tercero. Habiéndose incrementado posteriormente el crédito disponible provincializado, en orden a mejor proveer la cofinanciación de determinados programas, y en base al artículo 16 de la citada Orden de 1 de marzo de
1995, que posibilita la modificación de las resoluciones de concesión cuando se produzca cualquier «alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de las subvenciones¯, el Delegado Provincial de la Consejería de Trabajo y Asuntos Sociales,
RESUELVE
Modificar la anterior Resolución de 30 de junio de 1995, ampliando las subvenciones concedidas a determinados beneficiarios cuya relación y cuantía figuran en el Anexo de la presente Resolución.
Cádiz, 1 de diciembre de 1995.- El Delegado, Agustín Barberá Salvador.
A N E X O
PROGRAMA DE GRUPOS CON GRAVES PROBLEMAS SOCIALES 1995
Exp.: 160/95. Asociación: Nueva Juventud Trille: 600.000 ptas. Exp.: 116/95. Asociación de Animación y Desarrollo (Anydes): 400.000 ptas. Exp.: 177/95. Fundación Benéfica «Virgen de Valvanuz¯: 500.000 ptas. Exp.: 90/95. Entidad: Hijas de la Caridad «San Vicente de Paúl¯: 500.000 ptas.
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