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De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Trabajo y Asuntos Sociales de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha 5 de octubre de 1995, por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla, en el Recurso Contencioso-Administrativo núm.431/1993, promovido por Tarje, S.A., sobre Sanción, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
FALLO
Que debemos estimar y estimamos parcialmente el presente recurso interpuesto por la representación de la entidad Tarje, S.A. contra las resoluciones objeto de la presente las que confirmamos en cuanto a la calificación de las infracciones y anulamos en cuanto a la graduación de las mismas, graduándolas en su grado mínimo y en cuanto al montante de las tres multas quedando las mismas reducidas a la cuantía de 50.001 pesetas cada una siendo el total por lo tanto de 150.003 pesetas. No se aprecian motivos para la imposición de costas.
Sevilla, 15 de febrero de 1996.- El Secretario General Técnico, Javier Aguado Hinojal.
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