Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 29 de 05/03/1996

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 31 de enero de 1996, por la que se concede la autorización para su apertura y funcionamiento al Centro privado San Bartolomé, de Málaga.

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Visto el expediente instruido a instancia de don Juan Andrés Fuentes Amezcua, como representante de la Congregación Salesiana: Inspectoría Santo Domingo Savio, Titular del centro docente privado «San Bartolomé¯, sito en Málaga, calle Eduardo Domínguez Avila, núm. 19, solicitando autorización definitiva para la apertura y funcionamiento de dicho Centro con 12 unidades de Educación Primaria, 12 unidades de Educación Secundaria Obligatoria, y 6 unidades de Bachillerato, según lo dispuesto en el Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General.

Resultando que el Centro privado «San Bartolomé¯ de Málaga tiene autorización definitiva para dos centros, uno de Educación General Básica de

24 unidades y 960 puestos escolares y otro de Formación Profesional de Primer y Segundo Grado con una capacidad de 10 unidades y 400 puestos escolares para Primer Grado y 12 unidades y 480 puestos escolares para Segundo Grado.

Resultando que en el expediente de autorización han recaído informes favorables del Servicio de Inspección Educativa y del Departamento Técnico de Construcciones del Servicio de Programas y Obras de la Delegación Provincial de Educación y Ciencia de Málaga, como se contempla en el art. 9 punto 2.º del Decreto 109/92, de 9 de junio.

Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia.

Esta Consejería de Educación y Ciencia ha dispuesto:

Primero. Autorizar, de acuerdo con el artículo 9 del Decreto 109/1992, de 9 de junio, la apertura y funcionamiento del Centro Educación Secundaria «San Bartolomé¯ de Málaga y, como consecuencia de ello, establecer la configuración definitiva que se describe a continuación:

A) Denominación Genérica: Centro de Educación Primaria. Denominación Específica: «San Bartolomé¯. Titular: Congregación Salesiana: Inspectoría Santo Domingo Savio. Domicilio: C/ Eduardo Domínguez Avila, núm. 19. Localidad: Málaga.

Municipio: Málaga.

Provincia: Málaga.

Código del Centro: 29004626.

Enseñanzas a impartir: Educación Primaria. Capacidad: 12 unidades y 300 puestos escolares.

B) Denominación Genérica: Centro de Educación Secundaria. Denominación Específica: «San Bartolomé¯. Titular: Congregación Salesiana: Inspectoría Santo Domingo Savio. Domicilio: C/ Eduardo Domínguez Avila, núm. 19. Localidad: Málaga.

Municipio: Málaga.

Provincia: Málaga.

Código del Centro: 29004626.

Enseñanzas que se autorizan:

a) Educación Secundaria Obligatoria.

Capacidad: 12 unidades y 360 puestos escolares.

b) Bachillerato:

Modalidad: Ciencias de la Naturaleza y la Salud. Capacidad: 2 unidades y 70 puestos escolares. Modalidades Humanidades y Ciencias Sociales. Capacidad: 2 unidades y 70 puestos escolares. Modalidad Tecnología.

Capacidad: 2 unidades y 70 puestos escolares.

Segundo. Provisionalmente, y hasta que no se implanten las enseñanzas definitivas, de acuerdo con el calendario de aplicación de la Ley Orgánica

1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, los centros mencionados podrán impartir las siguientes enseñanzas:

1.º Educación Primaria/Educación General Básica, con una capacidad máxima total de 24 unidades, que progresivamente irá reduciendo y adaptando. Los cursos 1.º al 6.º de Educación Primaria implantarán el número máximo de 25 puestos escolares por unidad escolar de acuerdo con el calendario de aplicación antes citado.

2.º El Centro docente privado «San Bartolomé¯ de Málaga, de acuerdo con el artículo Décimo puntos 1 y 2 y Anexo VI de la Orden de 29 de julio de 1994 (BOJA del 10 de agosto), obtuvo autorización para la aplicación anticipada de la Educación Secundaria Obligatoria a partir del curso escolar 1994/95, pero también es cierto que la referida autorización era condicionada al cumplimiento de lo establecido en el Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre autorizaciones de los Centros docentes privados, para impartir enseñanzas de régimen general.

3.º Transitoriamente, y hasta tanto no se implantenlas enseñanzas definitivas, el Centro «San Bartolomé¯ de Málaga irá secuenciando las enseñanzas anticipadamente autorizadas por la Orden de 29 de julio de 1994, y progresivamente irá reduciendo y extinguiendo las enseñanzas de Formación Profesional de Primer y Segundo Grado de acuerdo con el Real Decreto

1487/1994, de 1 de julio, por el que se modifica y completa el Real Decreto

986/91, de 14 de junio, por el que se aprueba el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo.

Tercero. Aunque al Centro le es de aplicación lo establecido en la Disposición Transitoria Tercera 2 de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, y en el artículo 54 del Real Decreto 986/1991, de 14 de junio, modificado y completado por el Real Decreto 1487/1994, de 1 de julio, la presente autorización no supone otorgamiento del concierto educativo para Educación Secundaria, que deberá solicitarse de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 2377/1985, de 18 de diciembre (BOE del 27).

Cuarto. Dicho Centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya que modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden.

Quinto. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de dos meses a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, previa comunicación a esta Consejería, conforme a lo establecido en los artículos 37.1 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y 110.3 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 31 de enero de 1996.

INMACULADA ROMACHO ROMERO

Consejera de Educación y Ciencia

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