Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 31 de 09/03/1996

3. Otras disposiciones

Consejería de Agricultura y Pesca

RESOLUCION de 23 de febrero de 1996, de la Dirección General de Pesca, por la que se convocan ayudas de asistencia a cursos del Programa de Promoción Pesquera.

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A lo largo de 1996 la Consejería de Agricultura y Pesca viene organizando diversos cursos en la Comunidad Autónoma dentro del Programa de Promoción Pesquera con objeto de formar en el ámbito marítimo pesquero y acuícola, a profesionales, nuevos trabajadores y desempleados del sector, con destino a su reciclaje profesional, adaptación a nuevas tecnologías, mejora de las condiciones de trabajo, promoción y encuentro de nuevos empleos.

Con el fin de posibilitar el acceso y facilitar la asistencia a los cursos del Programa a los alumnos, esta Dirección General de Pesca, vista la Ley de Presupuesto de la Junta de Andalucía y la normativa sobre ayudas a los estudios en virtud de las facultades conferidas,

RESUELVE

Primero. Convocar ayudas individuales de asistencia a cursos de formación marítimo-pesquera y acuícola, organizados por la Consejería de Agricultura y Pesca durante el presente año.

Segundo. Conceptos que son objeto de ayudas para la asistencia al curso:

- Desplazamientos, si tienen lugar fuera de la localidad de residencia del alumno/a (hasta un máximo de 500 ptas./día).

- Manutención cuando el horario del curso haga necesario efectuar el almuerzo fuera de la residencia habitual (hasta un máximo de 500 ptas./día).

- Alojamiento (incluyendo cena y desayuno) cuando por lugar y horario de realización del curso sea necesario pernoctar fuera de la población de residencia habitual (hasta un máximo de 5.000 ptas./día).

- Libros: En la adquisición, siempre y cuando el tema esté relacionado con el curso al que se asiste (hasta un 70% del valor de los libros, con un máximo de 4.000 ptas./alumno).

- Matrículas que tengan carácter obligatorio para asistir al curso (hasta un máximo de 1.000 ptas./alumno).

- El importe total de la ayuda no podrá ser superior al 70% de gasto. Tercero. Beneficiarios/as:

- Alumnos/as matriculados y asistentes a cursos de formación marítimo-pesquera y acuícola organizados por la Consejería de Agricultura y Pesca.

- Alumnos/as pertenecientes al sector pesquero andaluz, matriculados/as y asistentes a cursos de Seguridad Marítima organizados por la Consejería de Agricultura y Pesca.

No se atenderán solicitudes de alumnos/as cuya asistencia a cursos no sea superior al 95% del tiempo de duración, o que no hayan superado las pruebas de aprovechamiento, o exámenes que se efectúen, ni para cursos con duración inferior a 20 horas semanales.

La admisión de un alumno al curso no implica la concesión de la ayuda, aunque haya superado los exámenes y cumpla el tiempo de asistencia exigido. Cuarto. Condiciones generales de la aplicación.

Los gastos deberán ser suficientemente acreditados mediante facturas originales extendidas a nombre del beneficiario/a, o en su defecto declaración jurada del beneficiario/a, y tickes justificantes para gastos menores.

Quinto. Solicitudes.

Las solicitudes dirigidas al Ilmo. Sr. Director General de Pesca, se ajustarán a los modelos que se acompañan como anexos I y II, y podrán presentarse en los Centros de Formación Marítimo-Pesquera: Instituto Politécnico de F.P. Marítimo-Pesquero del Estrecho, C/ Duque de Nájera, 10,

11002 Cádiz. Escuela de F.P. Náutico Pesquera de Huelva, Avda. de las Palmeras, s/n, 21002 Huelva. Centro de Adiestramiento en Seguridad Marítima para la Flota Pesquera, Avda. Bajo de Guía, s/n, 11540 Sanlúcar de Barrameda (Cádiz), o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y artículo 51 de la Ley 6/1983 de 21 de julio, del Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma.

Sexto. Documentación.

El resto de documentación que debe acompañar a la solicitud será la siguiente:

- Declaración de gastos.

- Justificantes de gastos.

- Fotocopia de la última declaración o declaraciones del I.R.P.F. de la unidad familiar o documento que justifique la exención en su caso.

- Documento conformado del banco con los datos bancarios, a nombre del solicitante, donde se ingresaría la ayuda en caso de concesión.

- Fotocopia del DNI.

- En caso de desempleo, documentación actualizada que acredite tal situación.

- Declaración jurada donde se manifieste el no tener concedida ni solicitada cualquier tipo de ayuda en relación a dicho concepto, siendo incompatible la ayuda en el caso afirmativo de su existencia.

La falta de datos en los documentos a entregar, su incorrección, así como la falta de documentos, anularán la petición o invalidarán en su caso la concesión.

Séptimo. Plazo de presentación.

El plazo de presentación de las solicitudes será de 8 días a partir de la finalización de los cursos con la excepción de aquéllos realizados con anterioridad a la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de esta Resolución e iniciados durante el año 1996, que podrán presentarse en el plazo de 15 días una vez efectuada la citada publicación. En cualquiera de los casos, la concesión de las ayudas será dependiente de la disponibilidad de crédito en el presupuesto.

Octavo. Selección.

La comisión de selección y valoración de las solicitudes de ayuda tendrá la siguiente composición:

- Presidente: El Director del Centro de Formación que organice el curso.

- Vocales: Dos técnicos de dicho Centro, designados por el Director.

- Secretario: El coordinador de los cursos.

Esta comisión elevará propuesta de adjudicación de las ayudas que procedan, sobre las que el Ilmo. Sr. Director General de Pesca resolverá. Los criterios de selección tendrán en cuenta la situación laboral del solicitante. A estos efectos se podrá solicitar a los interesados la información complementaria que se considere oportuna. Tendrán carácter preferente aquellas solicitudes presentadas por integrantes de la Flota Pesquera Andaluza en situación de paralización temporal.

Noveno. El personal de la Junta de Andalucía que asista a uno de estos cursos, podrá obtener una bolsa de estudios de cuantía y condiciones análogas a las establecidas anteriormente, siempre y cuando existan dotaciones presupuestarias específicas para tal fin. La percepción de esta bolsa será incompatible con cualquier indemnización por Comisión de Servicios o alojamiento en Centros de la Administración.

Décimo. La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial

de la Junta de Andalucía y tendrá efecto retroactivo, para todos los cursos organizados durante 1996.

Sevilla, 23 de febrero de 1996.- El Director General, Francisco Gómez Aracil.

ANEXO I

MODELO DE SOLICITUD DE AYUDA DE ASISTENCIA A CURSOS DE FORMACION MARITIMO-PESQUERA Y ACUICOLA

Denominación del curso:

Lugar:

Fecha:

1. Datos Personales

1. Apellido: .º Apellido:

Nombre: DNI (NIF):

Domicilio (Habitual):

Localidad: Provincia:

Teléfono de contacto:

Núm. inscripción marítima: Núm. Filiac. S.S.:

Fecha caducidad reconocimiento médico:

Banco: CD. Entidad:

Sucursal: CD. Oficina D.C.: Núm. C/C:

Los datos bancarios deberán estar conformados por el banco.

2.º Datos Profesionales

Titulación profesional:

Cargo habitual a bordo:

Empresa:

Nombre y clase de buque:

Situación laboral actual:Empleado: .... Desempleado: .... En a de de 19El solicitante

(Firma y Nombre completo)

Ilmo. Sr. Director General de Pesca.

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]