Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 33 de 14/3/1996

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Consejería de Gobernación

ANUNCIO de la Delegación Provincial de Málaga, notificando providencia de incoación y pliego de cargos del expediente sancionador que se cita. (MA-188/95/M).

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Ante las devoluciones efectuadas por la Oficina Postal, de las notificaciones de los actos consistentes en Providencia de Incoación y Pliego de Cargos producido en el expediente sancionador MA-188/95/M, incoado por esta Delegación por presunta infracción a la normativa sobre el Juego y Espectáculos Públicos.

Esta Delegación de Gobernación ha resuelto de acuerdo con lo dispuesto en los arts. 58 y 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, sobre Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, su publicación en el BOJA, a los efectos de notificación. Providencia de incoación de expediente sancionador.

«Vista la denuncia formulada por la Inspección de Juego y Apuestas de la Comunidad Autónoma de Andalucía, según Acta de fecha 20 de junio de 1995, en el establecimiento denominado Salón Recreativo Topató, sito en c/ Almendros,

22, de Alhaurín de la Torre y, examinada la documentación e información reservada, de acuerdo con lo establecido en el Capítulo II, Título V, del Decreto 181/1987, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar de la Comunidad Autónoma de Andalucía; y apreciándose supuestas infracciones a la normativa reseñada:

Esta Delegación de Gobernación acuerda, con esta fecha, la incoación del expediente sancionador de referencia, a la E.O. Manuel Martín Becerra, con NIF 74.790.935 e inscrita en el registro correspondiente con el núm. EJA000842, en virtud de lo establecido en el art. 54 del Reglamento antes citado, y de conformidad con lo preceptuado en el Título VIII de la Ley

2/1986, de 19 de abril, del Juego y Apuestas de la C.A.A., por remisión expresa contenida en la Disposición Transitoria Segunda de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Igualmente se acuerda la designación de D/doña Rocío Lourdes Pérez Martín Inspector/a de Juego y Apuestas de la Comunidad Autónoma de Andalucía, como Instructor para tramitar el expediente. Málaga, 27 de junio de 1995. El Delegado de Gobernación. Fdo.: Luciano Alonso Alonso¯.

Incoado con fecha 27 de junio de 1995, mediante Providencia del Ilmo. Sr. Delegado de Gobernación de la Junta de Andalucía en Málaga, expediente sancionador a la E.O. Manuel Martín Becerra, con NIF 74.790.935, e inscrita en el registro correspondiente con el núm. EJA000842, por supuestas infracciones al Decreto 181/87, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y practicadas las informaciones oportunas y procedentes, al amparo del procedimiento sancionador establecido en el Título VIII de la Ley

2/86, de 19 de abril, Ley del Juego y Apuestas de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y Capítulo II del citado Reglamento, se formula el siguiente:

PLIEGO DE CARGOS

Tener instalada y en funcionamiento el día 20 de junio de 1995, en el Salón Rtvo. Topató, sito en c/ Almendros, 22, Alhaurín de la Torre (Málaga), las máquinas recreativas y de azar de tipo «A¯.

Modelo Vifico Game, serie 91-0614, guía de circulación 911497-P, Autorización de Explotación MA-A/010297 careciendo del preceptivo Boletín de Instalación autorizado para el citado establecimiento, al tener autorizada su explotación para el establecimiento denominado Salón Recreativo Mateo, sito en c/ La Feria, 20, Coín, Málaga, desde el 7 de noviembre de 1991. Modelo Vídeo Val II, serie 92-0284, Autorización de Explotación MA-A/010761, careciendo del preceptivo boletín de instalación, teniendo diligenciado boletín para el establecimiento denominado Salón Recreativo Virgen de las Flores, sito en c/ Ministerio de la Vivienda 9, Málaga, desde el 30 de septiembre de 1992.

Presunta infracción a los artículos 25.4 de la Ley 2/1986, de 19 de abril, del Juego y Apuestas de la C.A.A.,

y artículo 38, en relación con el 40 del vigente Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar de la C.A.A., aprobado por Decreto 181/87, de 29 de julio; tipificada como falta grave en el art. 46.1 del citado texto, y artículo 29.1 de la Ley 2/86, de 19 de abril, del Juego y Apuestas, de esta Comunidad Autónoma; pudiendo ser sancionado conforme dispone el art. 48.1 del Decreto 181/87, y art. 31.1 de la Ley 2/86.

La autoridad competente para imponer la sanción es el Ilmo. Sr. Delegado de Gobernación de Málaga, de conformidad con el artículo 51.1.a) del Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar.

A tenor de lo dispuesto en el artículo 55.2 del R.M.R.A., el sujeto a expediente, podrá formular los descargos que a su derecho convengan, con la proposición y aportación de las pruebas que estime oportunas en su defensa, en el plazo de diez días hábiles, a contar a partir del siguiente al de aquél en que se practique la notificación del presente Pliego de Cargos. Málaga, 28 de junio de 1995. El Instructor del Expediente. Fdo.: Rocío Lourdes Pérez Martín.

Málaga, 27 de junio de 1995.- El Delegado, Luciano Alonso Alonso.

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