Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 34 de 16/03/1996

3. Otras disposiciones

Consejería de Cultura

RESOLUCION de 16 de septiembre de 1995, de la Dirección General de Bienes Culturales, por la que se incoa expediente para la inscripción en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz del inmueble que se cita.

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I. La Ley 1/91, de 3 de julio, de Patrimonio Histórico de Andalucía, desarrolla una serie de mecanismos jurídico-administrativos y de conocimiento, cuyo objetivo es facilitar, esencialmente, la labor tutelar de la Administración de la Comunidad Autónoma sobre el Patrimonio Histórico de Andalucía.

Desde esta perspectiva y con el fin de lograr una protección individualizada de los bienes que constituyen este Patrimonio, la citada Ley crea el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, instrumento para la salvaguarda de los bienes en él inscritos, la consulta y divulgación del mismo.

La formación y conservación del Catálogo queda atribuida a la Consejería de Cultura, a la que compete la redacción y custodia de la documentación correspondiente a los muebles, inmuebles y manifestaciones o actividades culturales que constituyen el Patrimonio Histórico Andaluz.

II. Por parte del Servicio de Protección del Patrimonio Histórico se propone la inscripción en dicho Catálogo General del Muelle de carga de la empresa «Compañía Española de Minas de Tharsis¯ en Huelva.

El Muelle de Tharsis es para la ciudad de Huelva un elemento enormemente simbólico. Como veremos posteriormente este inmueble está unido estrechamente con la historia reciente de la ciudad y, por tanto, de su evolución económica y social.

Desde el punto de vista técnico y científico, podemos considerar este muelle como una muestra del diseño y la tecnología de vanguardia en Europa, a finales del siglo XIX, en materia de ingeniería civil; constituyéndose en un elemento especializado y singular dentro del ámbito portuario a nivel nacional, y siendo un elemento integrante de nuestro Patrimonio tecnológico. Vista la propuesta del Servicio, y de conformidad con lo establecido en el artículo 9.1 y 2, de la Ley 1/91, de 3 de julio, de Patrimonio Histórico de Andalucía,

Esta Dirección General, ha resuelto:

1º Incoar el procedimiento para la inscripción con carácter específico en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, a favor del Muelle de carga de la empresa «Compañía Española de Minas Tharsis¯ en Huelva, cuya identificación y descripción figuran en el anexo a la presente disposición.

2º Proceder a la elaboración de las instrucciones particulares establecidas en el art. 11 de la Ley 1/91, de 3 de julio, del Patrimonio Histórico Andaluz.

3º Proceder de acuerdo con el artículo 9.4 de la Ley de Patrimonio Histórico de Andalucía a la anotación preventiva de dicho inmueble en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz. De acuerdo con lo establecido en el art. 8.3 esta anotación preventiva determina la aplicación provisional del régimen de protección correspondiente a la inscripción específica.

4º Concretar conforme al artículo 29 de la Ley de Patrimonio Histórico de Andalucía tanto el bien objeto central de protección, como su entorno, según figura en el anexo a la presente disposición.

5º Hacer saber a los propietarios, titulares de derechos o simples poseedores del bien que tienen el deber de conservarlo, mantenerlo y custodiarlo de manera que se garantice la salvaguardia de sus valores.

Asimismo, deberán permitir su inspección por las personas y órganos competentes de la Junta de Andalucía, así como su estudio por los investigadores acreditados por la misma.

6º Comunicar al Ayuntamiento de Huelva, según lo dispuesto en el artículo

33 de la Ley antes indicada, será necesario obtener previa autorización de la Consejería de Cultura, además de las restantes licencias o autorizaciones que fueran pertinentes, para realizar cualquier cambio o modificación que los particulares o la propia Administración deseen llevar a cabo en bienes inmuebles objeto de inscripción específica o su entorno, bien se trate de obras de todo tipo, bien de cambios de uso o de modificaciones en los bienes muebles, en la pintura, en las instalaciones o en los accesorios recogidos en la inscripción.

La aplicación del régimen de protección previsto por esta Ley a inmuebles sobre los que se estén desarrollando actuaciones en el momento de incoarse el procedimiento para su catalogación, determinará la suspensión de las actividades hasta tanto se obtenga la autorización de la Consejería de Cultura, independientemente de los permisos o licencias que hubieran sido concedidas con anterioridad.

La denegación de la autorización llevará aparejada la necesidad de proceder a la revocación total o parcial de la licencia concedida.

7º Continuar la tramitación del expediente de acuerdo con las disposiciones en vigor.

8º Que el presente acuerdo se publique en el BOJA sirviendo además dicha publicación de notificación a los efectos establecidos en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, para los interesados desconocidos en este procedimiento.

Sevilla, 16 de septiembre de 1995.- El Director General, Marcelino Sánchez Ruiz.

ANEXO QUE SE CITA

Identificación.

Denominación: Muelle de Carga de la Empresa «Compañía Española de Minas Tharsis¯.

Localización: Huelva.

Ubicación: En el límite del término municipal de Huelva, sobre el Río Odiel y entre el Puntal de la Cruz, Punta de Agua Dulce y Puntal del Morfe. Fecha de construcción: Finales del siglo XIX.

Descripción.

El Muelle de carga de la empresa «Compañía Española de Minas Tharsis¯, o Muelle de Tharsis, como abreviadamente se le conoce, se enmarca dentro de un conjunto de obras de ingeniería acometida a finales del siglo XIX en la provincia de Huelva, destinadas a facilitar el transporte del mineral extraído en los distintos puntos de Andévalo o Cuenca Minera onubense.

El inmueble presentaba la estructura ya clásica en esa fecha, de los embarcaderos ingleses: Pilotes de fundición de 22.9 cm. de diámetro, introducidos en el subsuelo mediante hélices de cuatro pies de diámetro y arriostrados entre sí por diagonales en dos niveles. El tablero que servía de firme, apoyaba sobre unas jácenas arriostradas y terminadas en ménsulas para cubrir toda la anchura del tablero. Se protegía el frente de atraque por una estructura de madera formada por largueros verticales a 1.22 m. de separación arriostrados por otros horizontales.

En cuanto a su funcionamiento o explotación, decir que el movimiento del mineral se hacía siempre en el mismo plano, auxiliado por tracción mecánica y su descarga se resolvía mediante grúas que volcaban el vagón completo, vertiendo su contenido en el interior de las bodegas del buque.

El Muelle que se construyó y se inauguró en 1871 estaba formado por un tramo curvo, enlazado a uno rectilíneo, que curvándose de nuevo, llevaban la vía hasta la plataforma, alcanzando en total una longitud aproximada de 900 m. desde la orilla. Hasta muy cerca del embarcadero, que medía 100 m. de largo por 20 de ancho, existía una sola vía sobre pilotes pareados.

Antes de entrar en el embarcadero la vía se bifurcaba en tres, que continuaban hasta el final del mismo. Los pilotes de fundición iban formando durante el tramo inicial de una sola vía, núcleos de dos pilotes alineados, separados transversalmente 10 pies y distantes del núcleo siguiente 20 pies. Al bifurcarse la vía, los pilotes pasaban a ser tres en cada alineación transversal, llegando a ser siete por alineación en la plataforma de embarque. Estaban arriostrados por cruces diagonales clásicas, formadas por perfiles metálicos. La estructura de madera del tablestacado exterior era independiente del conjunto.

En 1915 la compañía minera de Tharsis decide realizar un nuevo embarcadero de mineral, quedando el primitivo destinado al desembarco de mercancías y siendo desmantelado posteriormente en la década de los setenta. El proyecto es encargado al ingeniero escocés William Arrol, director del consulting de Glasgow, «Arrol Company Limited¯. Tras la reforma realizada hacia 1918, el muelle toma definitivamente la forma que presenta en la actualidad. El nuevo ramal engancha a 300 metros del extremo existente, bifurcándose como un nuevo brazo. Durante 190 m. avanzaba formando un arco paralelo al exterior hasta desembocar en un embarcadero de 60 pies de anchura por 450 pies de longitud.

Durante el primer tramo, seguía la solución del brazo primitivo, es decir, filas de dos pilotes arriostrados en cruz, con una sola vía férrea sobre ellos. Poco después se bifurcaba esta vía en dos componiéndose la estructura de alineaciones de tres pilotes. Todavía, antes de entrar en el embarcadero se volvía a bifurcar en cuatro vías sustentadas sobre alineaciones de cinco pilotes. Ya en el embarcadero se mantenían las cuatro vías, aunque más separadas entre sí, sustentándose el conjunto en alineaciones de cuatro pilotes.

Actualmente se conserva también una «oficina-puente¯, situada antes del comienzo de embarcadero, con un marcado carácter ferroviario y británico, con vigas de celosías, estructura modulada y reflejada al exterior, escaleras metálicas exteriores simétricas, y cubiertas de chapa galvanizada sobre cerchas metálicas. El forjado del edificio está constituido por una losa de hormigón armado, así como su vuelo perimetral.

Asimismo nos encontramos, en el último tramo del muelle, y antes de la oficina-puente, con una pequeña construcción de madera que debía funcionar como «caseta de control ferroviario¯ para el cambio de vía.

DELIMITACION GRAFICA

[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]

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