Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 39 de 28/03/1996

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

ORDEN de 29 de febrero de 1996, por la que se dispone la publicación para general conocimiento y cumplimiento del fallo de las sentencias dictadas por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla, en los recursos contencioso-administrativo que se citan.

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La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Sección Tercera, con sede en Sevilla ha dictado trece sentencias, todas en fecha de 10 de enero de 1996, en los recursos números

1.662/94, 1.663/94, 1.665/94, 1.685/94, 1.686/94, 1.652/94, 1.653/94,

1.654/94, 1.655/94, 1.455/94, 1.676/94, 1.668/94 y 1.452/94, en el que son partes de una como demandantes, don José Manuel Martín Rodríguez, doña Carmen García Rojo, don Francisco Torres Ruiz, doña Asunción Sillero Onorato, don Francisco Gómez Millán, doña Alicia de la Peña Aguilar y don José Romero Ardilla, respectivamente, y de otra como demandada la Administración de la Junta de Andalucía.

Los citados recursos se interpusieron contra las Ordenes de 1 de junio de

1994 de la Consejería de Gobernación, que convocaron distintos concursos de méritos para la provisión de puestos de trabajo vacantes en la Administración de la Junta de Andalucía, según consta en el antecedente primero y fallo de cada una de las Sentencias que se aprobaron con esa fecha, y asimismo se deduce de los diversos Autos de suspensión de ejecución que se dictaron al efecto, los cuales engloban las Ordenes de convocatoria de las Consejerías de Presidencia e Instituto de Estadística de Andalucía; Gobernación e Instituto Andaluz para la Administración Pública; Economía y Hacienda; Trabajo; Asuntos Sociales, Instituto Andaluz de Servicios Sociales e Instituto Andaluz de la Mujer; Educación y Ciencia y Salud y Servicio Andaluz de Salud.

La parte dispositiva de las expresadas sentencias contienen el siguiente pronunciamiento:

«Fallamos: Que debemos estimar y estimamos el recurso interpuesto por (cita nombres de recurrentes), contra la Orden de 1 de junio de 1994 (BOJA de 9 de junio de 1994) por la que se convoca concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo vacantes en la Administración de la Junta de Andalucía, por ser contraria a Derecho. Damos por desestimado el recurso de súplica que obra en la pieza separada de suspensión¯.

Igualmente, a efectos de su anulabilidad, debe tenerse en cuenta la Orden de

29 de junio de 1994 (BOJA de 12 de julio), por la que se convoca concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo vacantes en la Consejería de Obras Públicas y Transportes dada la identidad con las de 1 de junio de 1994 anteriormente mencionadas y el carácter universal con que la Sala ha tratado cada uno de los recursos al referirse al conjunto de convocatorias publicadas sin mencionar o excluir de su examen a ninguna en particular.

Al propio tiempo de la interposición de los recursos, en algunos casos se promovió la suspensión de su ejecutividad, habiéndose acordado por la propia Sala su suspensión mediante los correspondientes Autos a cuyo fin fueron dictados, siendo ésta la causa de la Orden de 27 de febrero de 1995, de la Consejería de Gobernación, publicada en BOJA de 9-3-95 mediante la cual se dispuso la publicación de dichos Autos, para general conocimiento y cumplimiento en los propios términos del acuerdo adoptado por la Sala de lo Contencioso-Administrativo.

Mientras tanto, con la finalidad de agilizar en la medida de lo posible la finalización de los procesos de selección y provisión de puestos de trabajo sujetos a las resultas del concurso suspendido y, emitida ya la primera sentencia en recurso seguido por procedimiento sumarial previsto en la Ley 62/78, de 26 de diciembre, de protección jurisdiccional de los derechos fundamentales de la persona, declarando nula la Orden de convocatoria de Cultura y Medio Ambiente y Agencia de Medio Ambiente, de idéntica naturaleza a la recurrida, por vulneración del artículo 23.2 en relación con el 14 de la Constitución, se procedió a iniciar, vía administrativa, la revisión de oficio de estas convocatorias con el objeto de declararlas nulas de pleno derecho vistos los argumentos de los que se ha valido la jurisdicción para anularla y de esta forma desbloquear y acelerar la resolución de los procesos provisorios antes referidos.

Como quiera que las sentencias en estos recursos ya ha sido emitida sin que se haya resuelto la revisión de oficio, y a virtud de lo establecido en los artículos 118 de la Constitución Española; 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, es por lo que

DISPONGO

Primero. Dar cumplimiento a las trece sentencias de 1 de enero de 1996 y al principio referidas, conforme se indica en el Fallo de la mismas.

Segundo. Declarar anuladas las Ordenes de 1 de junio de 1994, de convocatoria de concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo vacantes en las Consejerías de Presidencia e Instituto de Estadística de Andalucía; Gobernación e Instituto Andaluz para la Administración Pública; Economía y Hacienda; Trabajo; Asuntos Sociales, Instituto Andaluz de Servicios Sociales e Instituto Andaluz de la Mujer; Educación y Ciencia y Salud y Servicio Andaluz de Salud y la de 29 de junio de 1994, referida a la Consejería de Obras Públicas y Transportes, y en su consecuencia desistir del procedimiento de su revisión de oficio iniciado mediante Orden Comunicada de 29 de septiembre de 1995.

Tercero. Derogar la Orden de 27 de febrero de 1995, publicada en BOJA de 9 de marzo de 1995 por la que se dispuso la suspensión de las convocatorias de provisión de puestos consignadas en el apartado anterior.

Cuarto. Declarar extinguidos los actos y actuaciones y cualquier actividad desarrollada en cumplimiento y ejecución de las Ordenes antes citadas.

Quinto. Publicar la presente Orden en el BOJA, la cual entrará en vigor el mismo día de su publicación.

Sevilla, 29 de febrero de 1996

CARMEN HERMOSIN BONO

Consejera de Gobernación

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