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En virtud de lo dispuesto en el artículo 13 del Decreto 401/1990, de 27 de noviembre (BOJA núm. 104, de 18 de diciembre de 1990), por el que se modifica el Reglamento Electoral de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación de la Comunidad Autónoma Andaluza, se comunica a los electores inscritos en el Grupo Duodécimo del Censo Electoral de esta Cámara (Agrupaciones 92, 93, 94 y 95 de las antiguas tarifas de la Licencia Fiscal correspondiente a las actividades de servicios de saneamiento, limpieza y similares: Enseñanza, sanidad y servicios veterinarios y servicios personales, adaptadas a los actuales epígrafes del impuesto sobre Actividades Económicas), que el Pleno, en sesión celebrada el pasado día 27 de marzo, por renuncia de una de las empresas de dicho Grupo adoptó el acuerdo de declarar vacante el puesto que venía ocupando en el citado Pleno.
Asimismo, se comunica a los electores inscritos en el Grupo Decimotercero del Censo Electoral de esta Cámara (Agrupaciones 96 y 99 de las antiguas Tarifas de la Licencia fiscal correspondiente a las actividades de Servicios Recreativos y Culturales y otros servicios no clasificados, adaptadas a los actuales epígrafes del Impuesto sobre Actividades Económicas), que el citado órgano de gobierno, en sesión celebrada el mencionado día 27 de marzo, por renuncia de dos de las empresas de dicho Grupo adoptó, igualmente el acuerdo de declarar vacante los dos puestos que venían ocupando en el citado Pleno.
Esta comunicación tiene por fin el que los electores de esos Grupos en que se han producido las vacantes, que lo deseen, puedan presentar las candidaturas para proveerla mediante elección, de conformidad con lo que establece el Decreto al principio indicado.
Para mayor información al electorado, se hacen públicos los datos de mayor interés recogidos en el Decreto 401/1990, de 27 de noviembre (BOJA de 28 de diciembre de 1990) por el que se modifica el Reglamento Electoral de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación de la Comunidad Autónoma Andaluza:
I. Puestos a cubrir:
1. En el grupo duodécimo.
2. En el grupo decimotercero.
II. Electores.
Tendrán derecho electoral activo las personas naturales y jurídicas inscritas en los Grupos Duodécimo y Decimotercero del Censo Electoral elaborado en base al facilitado por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, cerrado al 31 de diciembre de 1995, siempre que no se encuentren inhabilitados por algunos de los casos que determinan incapacidad con arreglo a lo previsto en la normativa vigente.
Los censos correspondientes a dichos Grupos se encuentran a dispoisición de los electores interesados en la Secretaría de la Cámara de Comercio de Málaga, sita en calle Cortina del Muelle núm. 23.
III. Elegibles.
Para ser elegibles se habrán de reunir los siguientes requisitos:
A) Formar parte del Censo correspondiente a los Grupos Duodécimo y/o Decimotercero.
B) Ser mayor de edad si se trata de una persona física.
C) Estar al corriente en el pago de los recursos de la Cámara.
D) Llevar, como mínimo, dos años de ejercicio en la actividad empresarial de dichos grupos del Censo en el territorio español, o en el ámbito de la Comunidad Económica Europea cuando se trate de empresas dedicadas a esa misma actividad procedente de otros países miembros.
E) No ser empleado de la Cámara ni estar participando en obras o concursos que aquélla haya convocado, en el momento de presentarse la candidatura o de celebrarse elección.
Las empresas extranjeras dedicadas a la actividad empresarial referida no pertenecientes a la Comunidad Económica Europea con establecimientos o sucursales en España pueden ser elegidas si cumplen los requisitos anteriores, atendiendo al principio de reciprocidad internacional.
IV. Candidaturas.
Las candidaturas deberán presentarse en la Secretaría de esta Cámara, sita en calle Cortina del Muelle, número 23, durante los quince días siguientes a la fecha de publicación en el BOJA del presente anuncio-comunicación.
El horario para presentación de candidaturas será el comprendido entre las
9,00 y 15,00 horas.
Las candidaturas que se presenten deberán estar avaladas con la firma de diez electores, como mínimo, del Grupo Electoral correspondiente. La autenticidad de las firmas se acreditará mediante fedatario público, reconocimiento bancario o certificación del Secretario de la Cámara.
Finalizado el plazo de presentación de candidaturas el Comité Ejecutivo, después de comprobar el cumplimiento de los requisitos exigidos para la presentación de las candidaturas, procederá a la proclamación de las candidaturas en el plazo de diez días a contar desde la fecha en que finalice el plazo de presentación.
En todo lo demás, para la provisión de las vacantes declaradas en los Grupos Duodécimo y Decimotercero, serán de aplicación las normas contenidas en el Decreto, del que se facilitará fotocopia en el servicio de información existente en la Secretaría de la Cámara a todos los interesados que así lo deseen.
V. Voto por correo.
A) El plazo para solicitar el voto por correo, remitiendo la solicitud por correo certificado en modelo normalizado, que será facilitado por la Cámara, será el de los veinte días siguientes al de publicación de este anuncio-comunicación en el BOJA.
B) El Secretario General de la Cámara deberé enviar por correo certificado al petcionario del voto por correo los documentos a que se refiere el artículo 7º-1.2 y 1.3 del Decreto 401/1990, de 27 de noviembre, antes de diez días de la fecha de elección.
C) El elector remitirá el voto por correo certificado a la Secretaría de la Cámara de Comercio, una vez obren en su poder los documentos remitidos por correo certificado por el Secretario de la Corporación, debiendo tenerse en cuenta que solo serán válidos los votos por correo recibidos en la Cámara antes de las doce horas del día anterior al que se celebren las elecciones.
D) En la solicitud de voto por correo será necesario hacer constar: Nombre y apellidos del elector inscrito en el Grupo Electoral correspondiente. Se adjuntará una fotocopia del DNI del firmante.
- Si se trata de persona jurídica, además:
- Domicilio social.
- Datos personales del representante y el cargo que ostente en la Sociedad.
- Número de Identificación Fiscal de la entidad.
- Poder suficiente.
VI. Fecha y horario para la votación.
Al no conocerse la fecha en que el presente anuncio-comunicación será publicado en el BOJA, oportunamente se dará a conocer por este mismo medio el día y horario de las votaciones
Las votaciones tendrán lugar en la sede principal de la Cámara, sita en calle Cortina del Muelle núm. 23.
El Secretario General, Agustín Palacios Luque.
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