Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 53 de 07/05/1996

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Otros. NOTARIA DE DON SANTIAGO SOTO DIAZ. UTRERA

ANUNCIO. (PP. 1387/96).

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Santiago Soto Díaz, Notario del Ilustre Colegio de Sevilla, con residencia en Utrera, y despacho en calle Román Meléndez, núm. uno, hago saber:

I. Que ante mí, se tramita procedimiento extrajudicial de ejecución hipotecaria, núm. de expediente 1/1996, contra los cónyuges don Trinidad Navarro Bengoechea y doña María Dolores Navarro Estrada, respecto de la siguiente finca: Urbana. Piso segundo derecha, mirando desde la entrada del edificio, sito en Utrera, Avenida de los Naranjos, hoy calle Alfredo Naranjo número cuatro. Es del tipo B y está señalado con el número seis. Tiene una superficie construida de ciento treinta metros y cuarenta y seis decímetros cuadrados, y una útil de ciento cinco metros y setenta y ocho decímetros cuadrados. Inscrita en el Registro de la Propiedad de Utrera finca 12.723. Dicha finca se hipotecó a favor de la entidad Asemfi Balear, S.L., en garantía de un préstamo de diez millones quinientas mil pesetas de principal, garantizándose además sus intereses ordinarios ascendentes a un millón ciento cincuenta y cinco mil pesetas, sus intereses de demora en su caso hasta un millón quinientas mil pesetas y dos millones más para costas y gastos, con vencimiento al año del préstamo, es decir el 10 de diciembre de

1993, resultando debido al día diez de diciembre de mil novecientos noventa y cinco, la cantidad de catorce millones ochocientas cinco mil (14.805.000) pesetas, importe que se distribuye de la forma siguiente: Capital principal pendiente de amortización: Diez millones quinientas mil pesetas. Por intereses ordinarios: Un millón ciento cincuenta y cinco mil pesetas. Por intereses de demora: Tres millones ciento cincuenta mil pesetas. A esta cantidad hay que sumarle por demoras la cantidad del 15% anual, que determina una demora diaria de seis mil ochenta y cuatro pesetas, sin perjuicio de la responsabilidad de la finca hasta el importe pactado por las costas y gastos causados o que se causen en el procedimiento.

II. Que no resultando posible la notificación por cédula ni por correo con acuse de recibo a todos los titulares de gravámenes posteriores a la hipoteca, por no figurar en el Registro domicilio de notificación ni el domicilio social de dichos titulares, se practica este anuncio, por el que se les hace saber su derecho a intervenir en la subasta o satisfacer antes del remate el importe del crédito y de los intereses y gastos en la parte asegurada por la hipoteca.

Utrera, a veintidós de abril de mil novecientos noventa y seis.- Santiago Soto Díaz.

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