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Por la presente se hace saber a los señores que a continuación se relacionan, en la actualidad en ignorado paradero, que por la Oficina Liquidadora de Orgiva (Granada), se han practicado las siguientes actuaciones: Concepto tributario: Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. Núm. expediente: 115/90; Interesado: Sánchez Montoro, José Antonio, domicilio: C/ Recogidas, 43, 2º, localidad:
18005-Granada, fecha de presentación: 6 de febrero de 1990; concepto: Compra a doña Beatriz Montoro Salas; Notario: Alfonso C. Orantes Rodríguez; fecha escritura: 8 de enero de 1990; impuesto: Transmisiones Patrimoniales. Como adquirente en el documento cuyo número, fecha y concepto quedan reseñados, en el que se declara un valor o Base Imponible de 1.000.000 de ptas., respecto de la finca descrita bajo el número uno a los efectos de liquidación del impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales, se le comunica que iniciado el expediente de comprobación de valores, los técnicos de la Consejería de Hacienda de la Junta de Andalucía han fijado un valor o Base Imponible de 3.491.250 ptas., existiendo, por tanto, una diferencia de base de 2.491.250 ptas., siéndole por ello de aplicación lo establecido en la Disposición Adicional Cuarta de la Ley 8/89 de 13 de abril de Tasas y Precios Públicos. Si fuese persona física: El exceso comprobado recibirá el tratamiento previsto en el impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Si fuese persona jurídica: El exceso comprobado recibirá el tratamiento previsto en el impuesto sobre Sociedades. Núm. expediente: 115/90; interesado: Montoro Salas, Beatriz; domicilio: C/ Recogidas, 43, 2º, Localidad: 18005-Granada, fecha de presentación: 6 de febrero de 1990; concepto: Venta a don José Antonio Sánchez Montoro; Notario: Alfonso C. Orantes Rodríguez; fecha escritura: 8 de enero de 1990; impuesto: Transmisiones Patrimoniales. Como transmitente en el documento cuyo número, fecha y concepto quedan reseñados, en el que se declara un valor o Base Imponible de 1.000.000 ptas., respecto de la finca descrita bajo el número uno a los efectos de liquidación del impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales, se le comunica que iniciado el expediente de comprobación de valores, los técnicos de la Consejería de Hacienda de la Junta de Andalucía han fijado un valor o Base Imponible de 3.491.250 ptas., existiendo, por tanto, una diferencia de base de 2.491.250 ptas., siéndole por ello de aplicación lo establecido en la Disposición Adicional Cuarta de la Ley 8/89 de 13 de abril de Tasas y Precios Públicos. Si fuese persona física: El exceso comprobado recibirá el tratamiento previsto en el impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Si fuese persona jurídica: El exceso comprobado recibirá el tratamiento previsto en el impuesto sobre Sociedades. Núm. expediente: 235/90; interesado: Sáez de Tejada Martín, Francisco; domicilio: Avda. Divina Pastora, 7; Localidad: 18012-Granada, fecha de presentación: 5 de marzo de 1990; concepto: Venta a don José Paiz Moleón; Notario: María Soledad Gila de la Puerta; fecha escritura: 6 de febrero de
1990; impuesto: Transmisiones Patrimoniales. Como transmitente en el documento cuyo número, fecha y concepto quedan reseñados, en el que se declara un valor o Base Imponible de 2.300.000 ptas. a los efectos de liquidación del impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales, se le comunica que iniciado el expediente de comprobación de valores, los técnicos de la Consejería de Hacienda de la Junta de Andalucía han fijado un valor o Base Imponible de 5.295.000 ptas., existiendo, por tanto, una diferencia de base de 2.995.000 ptas., siéndole por ello de aplicación lo establecido en la Disposición Adicional Cuarta de la Ley 8/89 de 13 de abril de Tasas y Precios Públicos. Si fuese persona física: El exceso comprobado recibirá el tratamiento previsto en el impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Si fuese persona jurídica: El exceso comprobado recibirá el tratamiento previsto en el impuesto sobre Sociedades. Núm. expediente: 1.018/92; interesado: Lozano Ramírez, Rafael; domicilio: C/ Recogidas, 48-A-6º-C; localidad: Granada, fecha de presentación: 18 de agosto de 1992; concepto: Venta a Promociones y Construcciones Alpujarra, S.L., Notario: Sr. Gámiz Aguilera; fecha escritura: 17 de julio de 1992; impuesto: Transmisiones Patrimoniales. Como transmitente en el documento cuyo número, fecha y concepto quedan reseñados, en el que se declara un valor o Base Imponible de
19.500.000 ptas. a los efectos de liquidación del impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales, se le comunica que iniciado el expediente de comprobación de valores, los técnicos de la Consejería de Hacienda de la Junta de Andalucía han fijado un valor o Base Imponible de
34.448.000 ptas., existiendo, por tanto, una diferencia de base de
14.948.000 ptas., siéndole por ello de aplicación lo establecido en la Disposición Adicional Cuarta de la Ley 8/89 de 13 de abril de Tasas y Precios Públicos. Si fuese persona física: El exceso comprobado recibirá el tratamiento previsto en el impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Si fuese persona jurídica: El exceso comprobado recibirá el tratamiento previsto en el impuesto sobre Sociedades. Núm. expediente:
1.127/93; interesado: Muebles Vílchez, S.L., domicilio: C/ Real, 57; localidad: Lanjarón; fecha de presentación: 5 de agosto de 1993; concepto: Venta a Casas Rurales del Valle, S.L., Notario: María V. Santos Sánchez; fecha escritura: 5 de agosto de 1993; impuesto: Transmisiones Patrimoniales. Como transmitente en el documento cuyo número, fecha y concepto quedan reseñados, en el que se declara un valor o Base Imponible de 22.000.000 ptas. a los efectos de liquidación del impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales, se le comunica que iniciado el expediente de comprobación de valores, los técnicos de la Consejería de Hacienda de la Junta de Andalucía han fijado un valor o Base Imponible de 45.770.400 ptas., existiendo, por tanto, una diferencia de base de 23.770.400 ptas., siéndole por ello de aplicación lo establecido en la Disposición Adicional Cuarta de la Ley 8/89 de 13 de abril de Tasas y Precios Públicos. Si fuese persona física: El exceso comprobado recibirá el tratamiento previsto en el impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Si fuese persona jurídica: El exceso comprobado recibirá el tratamiento previsto en el impuesto sobre Sociedades. Núm. expediente: 1.329/93; interesado: Peregrina Cervera, Antonia; domicilio: C/ Real, 88; Localidad: Beznar; fecha de presentación: 18 de octubre de 1993; concepto: Venta a Guillermo Sánchez Tapia; Notario: Mateo Jesús Carrasco Molina; fecha escritura: 14 de septiembre 1993; impuesto: Transmisiones Patrimoniales. Como transmitente en el documento cuyo número, fecha y concepto quedan reseñados, en el que se declara un valor o Base Imponible de 1.445.000 ptas. a los efectos de liquidación del impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales, se le comunica que iniciado el expediente de comprobación de valores, los técnicos de la Consejería de Hacienda de la Junta de Andalucía han fijado un valor o Base Imponible de 4.540.800 ptas., existiendo, por tanto, una diferencia de base de 3.095.800 ptas., siéndole por ello de aplicación lo establecido en la Disposición Adicional Cuarta de la Ley 8/89 de 13 de abril de Tasas y Precios Públicos. Si fuese persona física: El exceso comprobado recibirá el tratamiento previsto en el impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Si fuese persona jurídica: El exceso comprobado recibirá el tratamiento previsto en el impuesto sobre Sociedades. Núm. expediente: 166/94; interesado: Rodríguez Aragón, Juan; domicilio: C/ Virgen de la Merced, 46-48; localidad: Barcelona; fecha de presentación: 7 de febrero de 1994; concepto: Compra a Sr. José Rodríguez Jiménez; Notario: Santiago Marín López; fecha escritura: 21 de enero de 1994; impuesto: Transmisiones Patrimoniales. Como adquirente en el documento cuyo número, fecha y concepto quedan reseñados, en el que se declara un valor o Base Imponible de ô2.900.000 ptas. a los efectos de liquidación del impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales, se le comunica que iniciado el expediente de comprobación de valores, los técnicos de la Consejería de Hacienda de la Junta de Andalucía han fijado un valor o Base Imponible de 22.914.150 ptas., existiendo, por tanto, una diferencia de base de 20.014.150 ptas., siéndole por ello de aplicación lo establecido en la Disposición Adicional Cuarta de la Ley 8/89 de 13 de abril de Tasas y Precios Públicos. Si fuese persona física: El exceso comprobado recibirá el tratamiento previsto en el impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Si fuese persona jurídica: El exceso comprobado recibirá el tratamiento previsto en el impuesto sobre Sociedades. Núm. expediente: 1.026/94; interesado: Molina Salazar, Inocencio; domicilio: C/ Alhambra, 33; localidad: Armilla-18100; fecha de presentación:
22 de julio de 1994; concepto: Venta a don Francisco López López; Notario: Mateo Jesús Carrasco Molina; fecha escritura: 20 de junio de 1994; impuesto: Transmisiones Patrimoniales. Como transmitente en el documento cuyo número, fecha y concepto quedan reseñados, en el que se declara un valor o Base Imponible de 1.000.000 ptas. a los efectos de liquidación del impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales, se le comunica que iniciado el expediente de comprobación de valores, los técnicos de la Consejería de Hacienda de la Junta de Andalucía han fijado un valor o Base Imponible de 3.979.320 ptas., existiendo, por tanto, una diferencia de base de 2.979.320 ptas., siéndole por ello de aplicación lo establecido en la Disposición Adicional Cuarta de la Ley 8/89 de 13 de abril de Tasas y Precios Públicos. Si fuese persona física: El exceso comprobado recibirá el tratamiento previsto en el impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Si fuese persona jurídica: El exceso comprobado recibirá el tratamiento previsto en el impuesto sobre Sociedades. Lo que pongo en conocimiento de los interesados arriba referidos a los efectos oportunos, advirtiéndoles que contra las indicadas bases pueden formular Recurso de Reposición ante la Oficina Liquidadora de Orgiva, o Reclamación Económica-Administrativa ante el Tribunal
Económico-Administrativo Regional de Andalucía, Sala de Granada (interposición que deberá poner en conocimiento de dicha Oficina Liquidadora), en el plazo de quince días hábiles contados desde el siguiente a aquel en que se publique la presente notificación, sin que puedan simultanear ambos recursos y todo ello sin perjuicio de solicitar, en igual plazo, tasación pericial contradictoria, según previene el artículo 62 del Reglamento del impuesto, en cuyo caso, los honorarios del perito nombrado correrán a cargo del sujeto pasivo.
Granada, 27 de marzo de 1996.- El Delegado, Antonio Jerez Martínez.
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