Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 59 de 21/05/1996

2. Autoridades y personal2.1 Nombramientos, situaciones e incidencias

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 30 de abril de 1996, de la Dirección General de Administración Local y Justicia, por la que se adscribe en comisión de servicios a doña Encarnación Coveñas Peñas, Secretaria del Ayuntamiento de Algámitas (Sevilla), al puesto de trabajo de Secretaría del Ayuntamiento de Brenes (Sevilla).

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Vista la petición formulada por el Ayuntamiento de Brenes (Sevilla), según acuerdo adoptado en sesión celebrada el día 23 de abril de 1996, por la que solicita la adscripción temporal en comisión de servicios al puesto de trabajo de Secretaría de la citada Corporación de doña Encarnación Coveñas Peña, funcionaria de Administración Local con habilitación de carácter nacional, Subescala de Secretaría-Intervención, N.R.P. 25571575/13/A/3015, así como la conformidad del Ayuntamiento de Algámitas (Sevilla), manifestada en el acuerdo adoptado por esta Corporación en sesión celebrada el día 25 de abril de 1996,de conformidad con lo establecido en el artículo 32 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, sobre provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, y en el Decreto 467/1994, de 13 de diciembre, por el que se asignan a la Consejería de Gobernación las competencias atribuidas por las Disposiciones Adicionales Novena, de la Ley

22/1993, de 29 de diciembre, y Tercera del Real Decreto

1732/1994, de 29 de julio, relativas al régimen de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional,

Esta Dirección General ha resuelto:

Conferir la adscripción en comisión de servicios de doña Encarnación Coveñas Peña, N.R.P. 25571575/13/A/3015, actual Secretaria titular del Ayuntamiento de Algámitas (Sevilla), al puesto de trabajo de Secretaría del Ayuntamiento de Brenes (Sevilla) hasta la reincorporación de su titular, corriendo a cargo de este último municipio el pago de las remuneraciones debidas.

La presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá ser recurrida mediante la interposición del correspondiente recurso ordinario ante la Excma. Sra. Consejera de Gobernación en el plazo de un mes, contado en los términos del artículo 48 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Dicho recurso podrá presentarse ante el órgano que dictó el acto que se impugna o ante el competente para resolverlo conforme a lo previsto en el artículo 114 y siguientes de la Ley anteriormente citada.

Sevilla, 30 de abril de 1996.- El Director General,Jesús María Rodríguez Román.

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