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Por el Ayuntamiento de El Gastor se remite expediente para la enajenación, mediante adjudicación directa, de un bien patrimonial consistente en una parcela, sobrante de la vía pública, de 22,20 m, ubicada en c/ Los Chopos, al vecino colindante don Bartolomé Serrato Valencia. En el expediente instruido al efecto se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en los arts. 79.1 y 80 del R.D. Legislativo 781/86 de 18 de abril, 109.1,
112.2, 113, 114, 118 y 119 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de 13 de junio de 1986, Ley 7/85 de 2 de abril, Ley 6/83 de 21 de julio, Circular de 14 de septiembre de 1951 y demás preceptos de general aplicación.
El Decreto 29/86, de 19 de febrero, sobre desconcentración de funciones de la Consejería de Gobernación, en su artículo 3, confiere a esta Delegación competencia en materia de disposición de bienes de propios de las Corporaciones Locales, cuando el valor del bien no supere el 25% de los recursos ordinarios del Presupuesto anual de la Corporación.
A fin de dar cumplimiento al acuerdo adoptado por el Pleno municipal del Ayuntamiento de El Gastor, en la sesión ordinaria celebrada el día 3 de abril de 1995, por el que se enajena, mediante adjudicación directa, una parcela de propiedad municipal, siendo la descripción de la misma la siguiente:
Parcela de tierra entre c/ Los Chopos, c/ Almendros y futuro Parque Infantil, de forma de trapecio, con configuración de terreno sensiblemente llano, y lados de 3,70 mts., 6,30 mts., 7,10 mts. y 2,95 mts., cuyos linderos son: Norte y Este, con terrenos propiedad del Ayuntamiento destinados a Parque Público, con una longitud de 3,70 mts. y parcela de don Antonio Fernández Morales, 2,95 mts.; Sur, limita con parcelas de don Salvador Navarro Herrera, 6,30 mts. y Herederos de José Rinero Jiménez, 3 mts.; Este, con parcelas de don Alejandro Valencia Roldán y don Bartolomé Serrato Valencia, con longitudes de 2,10 mts. y 5 mts., respectivamente. Dicho solar está inscrito en el Inventario Municipal de Bienes del Ayuntamiento al Folio 65 del Tomo II.
El valor de la parcela asciende a la cantidad de 1.600.000 ptas. En virtud de todo ello, he resuelto:
1º Prestar conformidad a la enajenación, mediante adjudicación directa, de un solar propiedad del Ayuntamiento de El Gastor, al vecino colindante don Bartolomé Serrato Valencia.
2º Notificar dicha conformidad al Ayuntamiento.
3º Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
4º Contra esta Resolución podrá interponerse el Recurso Ordinario del artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, ante el Consejero de Gobernación en el plazo de un mes desde la notificación de la misma, sin perjuicio de cualquier otro que se estime oportuno.
Cádiz, 9 de mayo de 1996.- El Delegado, Francisco Menacho Villalba.
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