Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 73 de 27/06/1996

3. Otras disposiciones

Consejería de Cultura

ORDEN de 17 de mayo de 1996, por la que se convocan ayudas a proyectos de investigación musical para 1996.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

El Estatuto de Autonomía, en su art. 13, punto 26, atribuye a la Comunidad Autónoma competencias exclusivas en materia de Promoción y Fomento de la Cultura en todas sus manifestaciones y expresiones. Por Real Decreto

864/84 de 29 de febrero son asumidas por la Comunidad Autónoma de Andalucía todas las funciones en materia de Fomento de la Música, promoción de la creatividad y difusión de la misma... Organización y Promoción de manifestaciones musicales de todo género, así como la conservación de la música tradicional.

Por Decreto 293/87 de 9 de diciembre se creó el Centro de Documentación Musical de Andalucía, como Servicio Administrativo sin personalidad jurídica, adscrito a la Dirección General de Fomento y Promoción Cultural, y de acuerdo con su artículo 3.5 son funciones del mismo, la realización de investigaciones en las materias que le son propias.

Para fomentar la labor en este campo la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía, a través de la Dirección General de Fomento y Promoción Cultural, y del Centro de Documentación Musical de Andalucía, convoca Ayudas a Proyectos de Investigación Musical para 1996.

Se desea potenciar en esta convocatoria las labores de catalogación de archivos musicales, vaciados documentales, inventario de los órganos andaluces, transcripción de partituras y trabajos de campo de antropología musical.

En consecuencia y con arreglo a criterios de publicidad, libre concurrencia y objetividad, al amparo de la Ley 9/1993 de 30 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 1994 (BOJA 141/93 de

31 de diciembre), con especial referencia a sus artículos 21 y 22, y del Decreto 289/95, de 12 de diciembre de prórroga de los presupuestos, a propuesta de la Dirección General de Fomento y Promoción Cultural, vistos los preceptivos informes; de conformidad con la Ley 6/1983, de Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma y con la Ley 5/1983 de 19 de julio, de Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma, y en uso de las facultades que me están conferidas.

DISPONGO

Primero. Convocatoria.

Se convocan Ayudas a Proyectos de Investigación Musical, correspondientes al año 1996.

Segundo. Asignación presupuestaria.

El importe de la totalidad de estas Ayudas a la Investigación Musical para

1996 será de 10.000.000 ptas. que se imputarán a la aplicación presupuestaria 01.19.00.01.00.48408.35 B.1, del presente ejercicio económico.

Tercero. Delegación de competencias.

Se delega en la Directora General de Fomento y Promoción Cultural las competencias de resolución de la presente convocatoria, en virtud de lo dispuesto en la Orden de 14 de marzo de 1995, por la que se delegan competencias en materia de gestión económica y contratación administrativa. La tramitación y gestión económica de las ayudas, quedan delegadas en el Centro de Documentación Musical de Andalucía.

Cuarto. Objeto.

De conformidad con las actuaciones en el Patrimonio Musical Andaluz, serán objeto de esta convocatoria las labores realizadas en los siguientes campos:

4.1. Labores de Catalogación de fondos musicales en Archivos Eclesiásticos, de Andalucía y otros Archivos Civiles de importantes fondos musicales.

4.2. Investigación y trabajos de vaciado de noticias y fondos relativos a la música y los músicos andaluces o a la actividad musical de nuestra Comunidad, en los Archivos Eclesiásticos de Andalucía y otros Archivos Civiles de importante documentación musical.

4.3. Transcripción de partituras musicales de importancia dentro del patrimonio musical andaluz.

4.4. Localización, inventario y catalogación de los órganos de Andalucía (por provincias).

4.5. Antropología musical: Trabajo de campo consistente en la recopilación, grabación y estudios de material sonoro o visual de la música y la danza andaluza, como del paisaje sonoro, ecología musical, etc. elaborando los índices de la documentación recogida, así como su localización en las cintas.

Quinto. Condiciones de los solicitantes.

Podrán optar a esta convocatoria cuantas personas lo deseen, sin distinción de nacionalidad, individualmente o en equipo, siempre que los proyectos que presenten no hayan sido premiados ni subvencionados con anterioridad y sean inéditos.

En el caso de presentarse en equipo, a los efectos de responsabilidad y entrega de los Premios se considerará al primer firmante como representante de los miembros del mismo.

No se podrán presentar a esta convocatoria aquellas personas que actualmente desarrollan el proceso de ejecución de algún proyecto premiado o subvencionado en convocatorias anteriores.

La concesión de las presentes ayudas se hará en régimen de concurrencia competitiva, a tenor de lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre.

Sexto. Cuantía de las ayudas.

Los proyectos referentes a los apartados 4.1 y 4.2 de la presente convocatoria podrán ser subvencionados con una cuantía máxima de 1.000.000 ptas., los contemplados en el apartado 4.3 con una cuantía máxima de

1.200.000 ptas., los del apartado 4.4 con 1.500.000 ptas. y 900.000 ptas. para los del apartado 4.5.

Séptimo. Presentación de solicitudes.

7.1. Los solicitantes deberán presentar instancia según modelo Anexo I a la presente Orden, en el Centro de Documentación Musical de Andalucía, calle Carrera del Darro, núm. 29, 18010 Granada, en las Delegaciones Provinciales de la Consejería, o mediante cualquiera de los cauces previstos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

7.2. El plazo de presentación de solicitudes será de cuarenta y cinco días naturales a partir de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

7.3. Junto a la instancia, deberá presentarse la siguiente documentación, bien en original, bien en fotocopia debidamente compulsada:

a) Memoria explicativa, por quintuplicado ejemplar, del proyecto a desarrollar, con calendario y plazo de entrega de la totalidad del mismo, que incluya un presupuesto pormenorizado.

b) Historial por quintuplicado ejemplar, de los trabajos y actividades realizadas dentro del tema, efectuados por el solicitante u otros investigadores.

c) Fotocopia compulsada del DNI, o del pasaporte o cualquier otro documento oficial que acredite la identidad, y que sea válido según los Convenios Internacionales en vigor de los que España sea parte.

d) Autorización, en su caso, de los Archivos, Bibliotecas, Colecciones, Bancos de Datos, Instituciones, etc., en los que propone realizar su investigación, cuando dicho permiso sea necesario para acceder a los mismos.

e) Declaración de otros premios y ayudas solicitadas con indicación de las percibidas en su caso, de esta u otra Administración, Entes públicos o privados nacionales o internacionales, y referidas tanto a años anteriores como al corriente, para la misma finalidad.

f) Curriculum vitae del solicitante.

g) Declaración expresa responsable de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, de conformidad con el artículo 21 de la Ley de Presupuestos de Andalucía para

1994, Ley 9/1993, de 30 de diciembre, prorrogada para el año 1996 por el Decreto 289/95, de 12 de diciembre, así como con la Orden de 30 de junio de

1988 (BOJA núm. 53, de 8 de julio), sobre justificación del cumplimiento de obligaciones fiscales y frente a la Seguridad Social de los beneficiarios de subvenciones concedidas por la Junta de Andalucía; sin perjuicio de su correspondiente acreditación previa al pago de las ayudas.

7.4. Todos los documentos a presentar por los solicitantes serán confeccionados en original y firmados.

7.5. La Dirección General de Fomento y Promoción Cultural podrá requerir a los solicitantes para que proporcionen cualquier información complementaria que resulte necesaria antes de conceder las ayudas.

7.6. Los solicitantes se comprometen a aceptar el contenido de esta convocatoria.

Octavo. Selección y concesión.

8.1. El estudio y selección de las solicitudes presentadas se llevará a cabo por una comisión compuesta por:

Presidente: El Director del Centro de Documentación Musical de Andalucía. Vocales: Cuatro personas relacionadas con el mundo de la musicología, nombradas por la Directora General de Fomento y Promoción Cultural. Secretario: El Gerente del Centro de Documentación Musical de Andalucía, con voz y sin voto.

8.2. Para la concesión de las ayudas y determinación de su cuantía se tendrán en cuenta los elementos que concurran en la documentación presentada, así como el interés de los mismos a juicio de la Comisión y siempre dentro de las limitaciones establecidas en el apartado sexto de esta convocatoria, determinando la Comisión la cuantía exacta que se asignará a cada ayuda.

8.3. El fallo de la Comisión se realizará en el plazo máximo de cuarenta y cinco días naturales desde la fecha de finalización de presentación de solicitudes, valorando el nivel científico de los trabajos, los méritos del solicitante, así como el interés del proyecto presentado. La Directora General de Fomento y Promoción Cultural dará su visto bueno al fallo de la Comisión.

8.4. A los candidatos seleccionados se les comunicará la decisión de la Comisión, debiendo enviar en el plazo de quince días naturales, desde dicha notificación, su aceptación en el caso de ser beneficiarios de las ayudas. En caso de no comunicar dicha aceptación, se considerará que renuncian a ser beneficiarios de las ayudas.

8.5. Junto a la aceptación, los candidatos seleccionados deberán aportar, asimismo, en el plazo de quince días, la acreditación de estar al corriente de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social.

8.6. La resolución de la Directora General de Fomento y Promoción Cultural se producirá en el plazo de cuarenta y cinco días, como máximo desde la fecha del fallo de la Comisión y se notificará a los interesados. La resolución de la Directora General de Fomento y Promoción Cultural, pondrá fin a la vía administrativa.

8.7. El beneficiario deberá remitir en el plazo de diez días naturales desde la notificación de la concesión, autorización firmada para la posible edición total o parcial en exclusiva, en un plazo de 3 años, de los trabajos, en los que figurará la autoría del solicitante y su equipo, con expresa renuncia a cualquier tipo de indemnización o reclamación en los términos exigidos por el Real Decreto Legislativo de 1/96 de 12 de abril por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, según modelo que se adjunta como Anexo II a la presente convocatoria.

8.8. Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de estas ayudas podrá dar lugar a la modificación de la resolución de concesión, conforme a lo establecido en el artículo 21.9 de la vigente Ley

9/1993, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma para 1994, prorrogada por el Decreto 289/95 de 12 de diciembre.

8.9. Las ayudas concedidas se publicarán en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en los tablones de anuncios de esta Consejería y de sus Delegaciones Provinciales.

Noveno. Pago de las ayudas.

El pago de las ayudas se realizará de una sola vez, tras la oportuna comprobación del cumplimiento de todos los requisitos que condicionan la existencia del derecho del beneficiario expresados en la presente convocatoria.

Décimo. Obligaciones de los beneficiarios.

10.1. Los beneficiarios de las ayudas quedarán obligados a cumplir todas las condiciones que resulten de los distintos apartados de la presente convocatoria, así como, en general, de todas las obligaciones establecidas en el artículo 21.7 de la vigente Ley 9/1993, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma.

10.2. Asimismo, deberán entregar la totalidad del trabajo, informatizado, así como de los materiales adjuntos al mismo, en el plazo previsto en la Memoria-Proyecto del solicitante, en el Centro de Documentación Musical de Andalucía. Asimismo, se entregarán tanto las grabaciones sonoras o visuales a dicho Centro para su consulta pública por los investigadores, como la indicación de dicho material.

En caso de incumplimiento de estas bases, se exigirá la devolución de las ayudas, en parte o en su totalidad, así como de las cantidades correspondientes al interés de demora desde el momento del pago de las mismas, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 37-42 del Decreto

149/88 de 5 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Intervención de la Junta de Andalucía y el artículo 27 de la Ley 9/93 de 30 de diciembre de Presupuestos de la Comunidad Autónoma.

10.3. No podrán concurrir a la presente convocatoria los beneficiarios de anteriores subvenciones o ayudas con cargo a los créditos de la Consejería de Cultura, que no hayan justificado las mismas, de conformidad con lo establecido en las correspondientes normas reguladoras.

10.4. Transcurrido el plazo de tres años en que la Consejería de Cultura se reserva el derecho a editar los trabajos total o parcialmente, si lo estima oportuno, el autor podrá gestionar su publicación en la forma que considere conveniente, debiendo figurar en dicha edición Ayuda de la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía a Proyectos de Investigación Musical 1996.

10.5. Los beneficiarios deberán desarrollar su investigación, con el asesoramiento del Centro de Documentación Musical de Andalucía, quien ejercerá la dirección en cuanto a formato unificado de las fichas, líneas documentales de especial interés, así como cuantas indicaciones permitan una mayor utilidad pública posterior de las mismas, y el deseable nivel de calidad.

Sevilla, 17 de mayo de 1996

CARMEN CALVO POYATO

Consejera de Cultura

ANEXO I

MODELO DE SOLICITUD

Don/doña: ........... nacido en ........ Provincia de ....... con domicilio en .......... Teléfono ...... de .... años de edad, DNI núm. ...... NIF núm. ....... o Documento oficial de Identificación ........ Banco o Caja Ahorros ......... Localidad ........... Provincia ........ Domicilio Agencia ............ núm. C/C o Libreta Ahorros .........

EXPONE

Que, en base a lo dispuesto en la Orden de ..... de ...... de 1996 (BOJA núm. ..... de ....... de 1996), por la que se convocan Ayudas a Proyectos de Investigación Musical.

SOLICITA

Le sea concedida la cantidad de ........ ptas. por la labor de:

1.1. Catalogación de fondos musicales de Archivos.

1.2. Vaciado documental relativo a música de Archivos.

1.3. Transcripción de partituras.

1.4. Localización, Inventario y Catalogación de órganos andaluces (por provincias).

1.5. Trabajos de campo de Antropología musical relacionados con Andalucía. Objeto del trabajo: .........

Centro o institución donde se desarrollaría en su caso: ......... Duración aproximada de la investigación: ..........

De acuerdo con los apartados que regulan la presente Convocatoria, se acompaña a esta instancia la siguiente documentación (señale toda la documentación que aporta. Los documentos a confeccionar por los solicitantes deben ser presentados en original y firmados):

- Memoria explicativa-proyecto de investigación.

- Calendario de trabajo y plazo de entrega.

- Presupuesto.

- Historial de los trabajos y materiales realizados dentro del tema.

- Documentación acreditativa del permiso de investigación, si procede.

- Declaración de otras ayudas.

- Curriculum vitae.

- Datos de identificación.

- Declaración expresa responsable de hallarse al corriente del cumplimiento de obligaciones fiscales y frente a la Seguridad Social. .............. a .... de ...... de 1996.

Fdo.: El/La solicitante.

Ilma. Sra. Directora General de Fomento y Promoción Cultural de la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía. Sevilla.

ANEXO II

Don/doña ............. DNI ....... con domicilio en ......... calle ........ núm. ..... C.P. .......

Por la presente, el que suscribe, con carácter expreso:

AUTORIZA

A la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía para que por parte de esta última puede procederse, en el plazo de tres años desde la presente fecha, y para un ámbito territorial mundial, a la edición, publicación, reproducción o comunicación del trabajo que el firmante se compromete a realizar bajo la denominación ......... y en los términos y condiciones impuestas por la Orden de .... de ..... 1996, por la que se convocan Ayudas a Proyectos de Investigación Musical (BOJA núm. .... de .....), para lo cual el que suscribe. CEDE a la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía, los correspondientes derechos.

El abajo firmante renuncia expresamente a cualquier tipo de derecho económico, reclamación, indemnización o compensación que pudiera corresponderle a ese respecto como autor de la obra en los términos previstos por el Real Decreto Legislativo 1/96, de 12 de abril de Propiedad Intelectual.

En ........... a .... de ...... de 1996.

Fdo.:

Ilma. Sra. Directora General de Fomento y Promoción Cultural de la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía. Sevilla.

Descargar PDF