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El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión de 7 de mayo de 1995 y, en base a Requerimiento formulado por la Delegación Provincial de la Consejería de Gobernación, acordó dejar sin efecto las bases para la provisión, por Concurso-Oposición, de tres plazas de Policía Local, aprobadas en sesión plenaria de fecha 4 de diciembre de 1995, así como la correspondiente convocatoria publicada en el BOP núm. 38 de fecha 15 de febrero de 1996 y en el BOJA núm. 19 de fecha 8 de febrero de 1996.
Asimismo, en la indicada sesión de 7 de mayo de 1996, se aprobaron nuevas bases para la provisión de las plazas referidas, por el sistema de Oposición Libre y cuya convocatoria se efectúa nuevamente por el presente, siendo las indicadas bases las siguientes:
BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA PARA LA PROVISION EN PROPIEDAD DE TRES PLAZAS DE POLICIA LOCAL, INCLUIDAS EN LA OFERTA DE EMPLEO PUBLICO PARA 1995
1.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA.-
1.1.- Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad mediante oposición libre, de tres (3) plazas vacantes en la Plantilla de funcionarios de este Ayuntamiento, pertenecientes a la Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios especiales, Categoría Policía Local.
1.2.- Las plazas citadas adscritas a la Escala Básica, conforme determina el Art. 14 de la Ley 1/1989, de 8 de Mayo, de Coordinación de las Policías Locales de Andalucía, se encuadran en el grupo D del art. 25 de la ley
30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública.
1.- LEGISLACION APLICABLE.-
Las presentes Bases se regirán por lo dispuesto en la Ley 1/1989, de 8 de Mayo, de Coordinación de las Policías Locales de Andalucía, Decreto
196/1992, de 24 de Noviembre, de selección, formación y movilidad de los Cuerpos de Policía Local de Andalucía, Orden de 29 de Enero de 1993 de la Consejería de Gobernación, por la que se establecen las pruebas para el acceso a las distintas categorías de los Cuerpos de Policía Local de Andalucía, y en lo no previsto en la citada legislación, les será de aplicación la Ley 7/1985, de 2 de Abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de Abril, Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, Real Decreto
364/1995, de 10 de Marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, y Real Decreto
896/1991, de 7 de Junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local.
[VEASE ANEXO(S) EN EDICION IMPRESA DEL BOJA]
San Juan de Aznalfarache, 13 de mayo de 1996.- El Alcalde, Isidro González Domínguez.
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