Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 78 de 09/07/1996

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Consejería de Gobernación

ANUNCIO de la Delegación de Gobernación de Sevilla, por el que se notifica resolución de expediente sancionador que se cita. (SAN/ET-51/ 96-SE).

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Examinado en esta Delegación de Gobernación el expediente sancionador de referencia seguido a Taurina Andaluza, S.L., con domicilio en Sevilla, c/ Santas Patronas, 15, resulta lo siguiente:

ANTECEDENTES

I

Mediante acta de fecha 9 de octubre de 1995 formulada por 223 Comandancia de la Guardia Civil, se denuncian los siguientes hechos:

1. Se corrieron tres becerros cuando lo autorizado era solamente uno.

2. Las reses carecían de las preceptivas guías de nacimiento.

3. Modificación del profesional taurino actuante.

4. No dar muerte en los corrales a los becerros corridos.

II

Con fecha 8 de noviembre de 1995 se dictó Acuerdo de Iniciación de Expediente, nombrándose Instructor y Secretario del mismo.

III

En el presente expediente se han seguido los trámites previstos en la legislación vigente en materia de expedientes sancionadores.

HECHOS PROBADOS

Del examen del expediente y documentación incorporada al mismo, resultan probados los hechos referidos en el antecedente I de la presente resolución.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

I

La Comunidad Autónoma de Andalucía tiene competencias en materia de Espectáculos Públicos en virtud del artículo 13.32 del Estatuto de Autonomía aprobado por Ley Orgánica 6/1981 de 30 de diciembre. La transferencia de funciones y servicios en esta materia, de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Andalucía, se realizó por Real Decreto 1677/1984 de 18 de julio y por Real Decreto 294/1984 de 20 de noviembre se asignan a la Consejería de Gobernación dichas funciones y servicios.

II

Los hechos constituyen infracción del artículo 93, apartados 1.d); 1.f) y

93.6 del Real Decreto 176/1992, de 28 de febrero, Reglamento de Espectáculos Taurinos, tipificado como falta y sancionándose en la cuantía propuesta conforme a los artículos 15.p) y 18.1.a) y 20 de la Ley 10/1991 de 4 de abril sobre potestades administrativas en materia de espectáculos taurinos.

Vistos: Los textos legales citados y demás normativa de general aplicación, esta Delegación de Gobernación ha resuelto sancionar a Taurina Andaluza, S.L. con 1.000.000 de ptas. de multa.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponer recurso ordinario en el plazo de un mes conforme a lo estipulado en los artículos 114 y siguientes de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común de 26 de noviembre de 1992, ante la Excma. Sra. Consejera de Gobernación de la Junta de Andalucía.

Nota: Se acompaña impreso núm. 269166 con el que podrá hacer efectivo el pago de la sanción mediante ingreso en la c/c 63/01050-54 del Banco de Andalucía, abierta a nombre de "Tesorería General de la Junta de Andalucía.- Cuenta restringida para la recaudación de tasas y otros ingresos.

Sevilla, 13 de mayo de 1996.- El Delegado, José Antonio Viera Chacón.

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