Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 86 de 27/07/1996

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 1 de julio de 1996, de la Delegación de Gobernación de Almería, por la que se presta conformidad a la permuta de un solar propiedad del Ayuntamiento de Berja (Almería) por un solar de propiedad particular.

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Por el Ayuntamiento de Berja (Almería) se remite expediente de permuta de inmueble de propiedad municipal por otro inmueble de propiedad particular.

En el expediente tramitado al efecto por dicho Ayuntamiento se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en los arts. 70.1 y 80 del R.D.L. 781/1986, de

18 de abril; arts. 109.1, 112.2, 113, 114, 118 y 119 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, de 13 de junio de 1986; Ley 7/1985, de 2 de abril; Ley 6/1983 y demás preceptos de general aplicación.

Estando atribuida al Delegado de Gobernación de la Junta de Andalucía la competencia para prestar conformidad a los expedientes de permuta de bienes inmuebles patrimoniales, propiedad de las Corporaciones Locales, cuando el valor de los mismos sea inferior al 25% de los recursos ordinarios del presupuesto, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 3.9 del Decreto 29/1986, de 19 de febrero

HE RESUELTO

1. Prestar conformidad a la permuta de un solar de propiedad municipal por otro, propiedad de Funeraria Almeriense, S.A. (Funalsa), a fin de dar cumplimiento al acuerdo adoptado por el Pleno del Ayuntamiento el 6 de noviembre de 1995, siendo la descripción de los mismos la siguiente:

A) Solar de propiedad municipal, con una superficie de 566 m, sito en Avenida de La Alpujarra de Berja; que presenta su fachada principal a la citada Avda. de La Alpujarra, el resto de sus linderos lo son con la finca matriz; inscrita en el Registro de la Propiedad de Berja en el Tomo 1.579, Libro 371, Folio 144, Finca 29.159. Su valor, según dictamen técnico, asciende a 6.888.248 ptas.

2. Notificar la siguiente Resolución al Ayuntamiento de Berja (Almería), y remitir copia de la misma al BOJA para su publicación.

3. Contra esta Resolución podrá interponerse Recurso Ordinario, regulado en el art. 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, ante la Excma. Consejera de Gobernación en el plazo de un mes a contar desde la publicación de la misma en el BOJA, sin perjuicio de cualquier otro que se estime oportuno.

Almería, 1 de julio de 1996.- El Delegado, Juan Callejón Baena.

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