Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 134 de 18/11/1997

3. Otras disposiciones

Consejería de Trabajo e Industria

RESOLUCION de 28 de octubre de 1997, de la Secretaría General Técnica, por la que se dispone el cumplimiento de la Sentencia dictada en el recurso contencioso-administrativo núm. 1184/1994, interpuesto por Hermanos Sánchez Ortiz.

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De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Trabajo e Industria de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha 7 de julio de 1997, por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Granada, en el recurso contencioso-administrativo número 1184/1994, promovido por Hermanos Sánchez Ortiz, sobre sanción, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:

FALLO

Estimamos parcialmente, con el contenido que se indicará, el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación procesal de don Adolfo Sánchez Ortiz contra la Resolución del Director General de Trabajo y Seguridad Social de la Consejería de Trabajo de la Junta de Andalucía, de fecha 21 de febrero de 1994, por la que se inadmite el recurso ordinario interpuesto por el recurrente contra la Resolución del Delegado Provincial de la Consejería de Trabajo en Jaén, de fecha 27 de mayo de 1993, expediente

133/93, por la que se impuso sanción de multa de 175.000 ptas. a la empresa Hermanos Sánchez Ortiz en confirmación del acta de infracción 189/93. Anulamos la Resolución del Director General de Trabajo y Seguridad Social de la Consejería de Trabajo de la Junta de Andalucía, de fecha 21 de febrero de

1994, por la que se inadmite el recurso ordinario interpuesto por el recurrente contra la Resolución del Delegado Provincial de la Consejería de Trabajo en Jaén, de fecha 27 de mayo de 1993, expediente 133/93, que también anulamos parcialmente, en el exclusivo aspecto de calificar la infracción como grave en grado mínimo, y reducir la cuantía de la sanción impuesta a la multa de 50.001 ptas. Confirmamos todos los demás aspectos de la Resolución del Delegado Provincial de la Consejería de Trabajo en Jaén, de fecha 27 de mayo de 1993, expediente 133/93, desestimando el resto de las pretensiones de la parte actora. Sin expresa imposición de costas.

Sevilla, 28 de octubre de 1997.- El Secretario General Técnico, Javier Aguado Hinojal.

De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Trabajo e Industria de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha 7 de julio de 1997, por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Granada, en el recurso contencioso-administrativo número 1184/1994, promovido por Hermanos Sánchez Ortiz, sobre sanción, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:

FALLO

Estimamos parcialmente, con el contenido que se indicará, el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación procesal de don Adolfo Sánchez Ortiz contra la Resolución del Director General de Trabajo y Seguridad Social de la Consejería de Trabajo de la Junta de Andalucía, de fecha 21 de febrero de 1994, por la que se inadmite el recurso ordinario interpuesto por el recurrente contra la Resolución del Delegado Provincial de la Consejería de Trabajo en Jaén, de fecha 27 de mayo de 1993, expediente

133/93, por la que se impuso sanción de multa de 175.000 ptas. a la empresa Hermanos Sánchez Ortiz en confirmación del acta de infracción 189/93. Anulamos la Resolución del Director General de Trabajo y Seguridad Social de la Consejería de Trabajo de la Junta de Andalucía, de fecha 21 de febrero de

1994, por la que se inadmite el recurso ordinario interpuesto por el recurrente contra la Resolución del Delegado Provincial de la Consejería de Trabajo en Jaén, de fecha 27 de mayo de 1993, expediente 133/93, que también anulamos parcialmente, en el exclusivo aspecto de calificar la infracción como grave en grado mínimo, y reducir la cuantía de la sanción impuesta a la multa de 50.001 ptas. Confirmamos todos los demás aspectos de la Resolución del Delegado Provincial de la Consejería de Trabajo en Jaén, de fecha 27 de mayo de 1993, expediente 133/93, desestimando el resto de las pretensiones de la parte actora. Sin expresa imposición de costas.

Sevilla, 28 de octubre de 1997.- El Secretario General Técnico, Javier Aguado Hinojal.

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