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No habiendo sido posible su localización a través de los datos que obran en esta Delegación, le informamos que, transcurrido el plazo establecido para la presentación de alegaciones (publicado en BOJA núm. 101, de fecha
30.8.97), procede dictar su acuerdo de baja en Muface, con fecha de efectos
31.10.97, de acuerdo con lo establecido en la Disposición Tercera de la Ley
29/1975, de 27 de junio, de Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado, según la cual la asistencia sanitaria, servicios sociales y beneficios de asistencia social se dispensarán a los jubilados que perciban Pensiones de Clases Pasivas a la entrada en vigor de la Ley y que no tengan derecho por sí mismos a la citada prestación a través de alguno de los regímenes que integran el sistema español de Seguridad Social (núm. de la Tarjeta Sanitaria del Insalud de la que es Vd. titular 4110052809).
Contra este acuerdo, que no pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso ordinario ante el Ministro para la Administraciones Públicas, en el plazo de un mes a contar desde la fecha de notificación. El recurso puede ser presentado en el propio Servicio Provincial.
Sevilla, 19 de noviembre de 1997.- El Director del Servicio Provincial, P.D., Manuel Rubio Gutiérrez.
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