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El Decreto 11/92, de 28 de enero, por el que se establecen la naturaleza y prestaciones de los Servicios Sociales Comunitarios, prevé en la Disposición Adicional Primera, que con el fin de garantizar la continuidad de los efectivos personales y funcionales que desarrollan su actividad en el ámbito de los Servicios Sociales Comunitarios en la Comunidad Autónoma de Andalucía, por la Consejería competente se transferirán anualmente los créditos necesarios a las Corporaciones Locales de Andalucía, que se acogieron al Acuerdo del Consejo de Gobierno de 24 de enero de 1989, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias y en el marco de colaboración existente entre las distintas Administraciones Públicas en esta materia.
Por ello, y de conformidad con lo establecido en el artículo 18 de la Ley
8/96, de 26 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 1997, procede hacer pública la transferencia de las aportaciones autonómica y estatal a las Entidades Locales siguientes:
Entidad local: Cádiz.
Aportación estatal: 48.806.758.
Aportación autonómica: 78.156.940.
Entidad local: Jerez Fra.
Aportación estatal: 42.832.315.
Aportación autonómica: 65.837.684.
Entidad local: Diputación Prov.
Aportación estatal: 57.890.575.
Aportación autonómica: 85.104.099.
Cádiz, 15 de octubre de 1997.- La Delegada, Prudencia Rebollo Arroyo.
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