Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 23 de 22/02/1997

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 7 de febrero de 1997, de la Delegación del Gobierno de Jaén, sobre el expediente 01/97 de permuta de un bien patrimonial del Ayuntamiento de Chiclana de Segura (Jaén).

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En el expediente instruido al efecto por el Ayuntamiento de Chiclana de Segura se ha dado cumplimiento a lo establecido en los arts. 22.2.l, 79 y 80 de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local,

79.1 y 80 del R.D. Legislativo 781/86, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local, arts. 109 y siguientes del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, R.D. 1372/86, de 13 de junio.

Siendo competente la Delegada del Gobierno de la Junta de Andalucía para dar conformidad a los expedientes de permuta de bienes, siempre que su cuantía sea inferior al 25% del Presupuesto Ordinario de la Corporación, de acuerdo con lo establecido en el art. 3.9 del Decreto/86, de 19 de febrero.

En virtud de lo anteriormente expuesto he tenido a bien disponer:

Primero. Prestar conformidad a la enajenación mediante permuta, acordada por el Excmo. Ayuntamiento de Chiclana de Segura (Jaén), en sesión plenaria de

28.5.96, de los siguientes solares:

Solar de propiedad municipal.

Situado en la C/ Rueda, s/n, parcela núm. 6. De forma irregular, con una superficie de 146,12 m. Linda al Norte, con la C/ Rueda; al Este, con Miguel Moreno y otros; al Oeste, con parcela núm. 5; y al Sur, con parcelas números

9 y 10. El solar se segregará de otro de mayor cabida, inscrito en el Registro de la Propiedad de Villacarrillo, al Tomo 1958, Libro 150, Folio

84, Finca 13896, Inscripciónª

Valor pericial: 730.600 ptas.

Solar propiedad de don Ramón Escribano Higueras. Situado en la C/ Portichuelo, s/n, con una superficie de 69,64 m y 45,46 ganados a la roca por excavación. Linda al Norte, con C/ Portichuelo; al Sur, con C/ Ricas; al Este, con Juan Villajos Méndez; y al Oeste, con Francisco García Fernández y C/ Nievas. Inscritos en el Registro de la Propiedad al Tomo 1777, Libro 138, Folio 32, Finca 10036, y al Tomo 1938, Libro 148, Folio 44, Finca 13772.

Valor pericial: 920.800 ptas.

Segundo. Don Ramón Escribano Higueras renuncia a percibir contraprestación económica, en concepto de abonos de diferencias.

La presente Resolución se remitirá al BOJA para su publicación. Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse en el plazo de un mes, desde el recibo de la presente, recurso ordinario ante la Excma. Sra. Consejera de Gobernación de la Junta de Andalucía, bien directamente, o a través de esta Delegación del Gobierno, de conformidad con lo dispuesto en el art. de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Jaén, 7 de febrero de 1997.- La Delegada, Mª del Mar Moreno Ruiz.

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