Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 24 de 25/02/1997

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 7 de febrero de 1997, de la Delegación del Gobierno de Granada, por la que se da conformidad a la permuta de una finca propiedad del Ayuntamiento de Láchar (Granada) por dos derechos de servidumbre titularidad de don Jacinto Coca Pérez.

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En el expediente instruido al efecto por el Ayuntamiento de Láchar (Granada) se ha dado cumplimiento a lo establecido en los arts. 22.2.l) y

47.3.k), de la Ley 7/85, de 2 de abril; arts. 79.1 y 80 del Real Decreto Legislativo 781/86, de 18 de abril; arts. 109.1, 112.2, 113, 114, 118 y 119 del Real Decreto 1372/86, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales.

Correspondiendo al Delegado del Gobierno de la Junta de Andalucía dar la conformidad en los expedientes de permuta de bienes, siempre que su cuantía sea inferior al 25% del presupuesto ordinario de la Corporación, de acuerdo con lo establecido en el art. 3.9 del Decreto 29/86, de 19 de febrero.

A fin de dar cumplimiento al acuerdo adoptado por el Pleno de la Corporación, en sesión celebrada el día 18 de mayo de 1994, por el que se permutan los siguientes bienes:

PROPIEDAD MUNICIPAL

Franja de terreno de 117, 40 m, propiedad del Ayuntamiento de Láchar (Granada), con la calificación jurídica de bien patrimonial, sita en el Anejo de Peñuelas, zona «Los Caballos¯. Linda: Norte, C/ Caballos; Sur, Este y Oeste, suelo de propiedad municipal sin edificar.

Valoración: Seiscientas cinco mil seiscientas pesetas (605.600 ptas.).

PROPIEDAD PARTICULAR

Dos servidumbres aparentes constituidas a favor de don Jacinto Coca Pérez para acceder a una edificación propiedad del mismo antiguamente destinada a molino de piensos, con fachada a la C/ Caballos, con una superficie construida de 36 m.

La descripción de las servidumbres es la que a continuación se expresa: Dos senderos de 3 metros de anchura; el primero, con una superficie de 34 m, linda por su cara Este, con el propio molino; al Norte, C/ Caballos y Sur y Oeste, con suelo sin edificar de propiedad municipal; y el segundo, de 83 m, linda por su cara Este con la C/ Transformador y por el resto de sus lados con suelo de propiedad municipal sin edificar.

Valoración: Seiscientas cinco mil seiscientas pesetas (605.600 ptas.).

En virtud de lo anteriormente expuesto, he tenido a bien disponer lo siguiente:

Primero. Prestar conformidad a la permuta de una finca propiedad del Ayuntamiento de Láchar (Granada), por dos derechos de servidumbre titularidad de don Jacinto Coca Pérez.

Segundo. Comunicar la presente Resolución al Ayuntamiento de Láchar (Granada).

Tercero. Ordenar su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Cuarto. Contra esta Resolución podrá interponer recurso ordinario, regulado en el art. 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, ante el Consejero de Gobernación en el plazo de un mes a contar desde la publicación de la misma en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, sin perjuicio de cualquier otro que se estime oportuno.

Granada, 7 de febrero de 1997.- El Delegado, Jesús Quero Molina.

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