Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Trabajo e Industria de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha 6 de noviembre de 1996, por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla, en el Recurso Contencioso-Administrativo núm. 490/1993, promovido por Sociedad Anónima Uralita, S.A., sobre sanción, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
F A L L O
Que estimamos parcialmente el recurso contenciosoadministrativo interpuesto por la entidad Sociedad Anónima Uralita, S.A., contra las resoluciones que recoge el primero de los antecedentes de hecho de esta sentencia, las que consideramos ajustadas al orddenamiento jurídico, salvo en el particular relativo a la graduación de la sanción que la estimamos en grado medio, sustituyendo la multa de quinientas mil pesetas por la de doscientas mil pesetas. Sin cosstas.
Sevilla, 11 de febrero de 1997.- El Secretario General Técnico, Javier Aguado Hinojal.
Descargar PDF