Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 41 de 08/04/1997

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Hacienda

ACUERDO de 13 de marzo de 1997, del Consejo de Gobierno, por el que se cede gratuitamente al Ayuntamiento de Jaén el uso de los terrenos del antiguo Polígono de Tiro en el barrio de San Sebastián-El Tomillo, con destino a programas de acción sociocultural.

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Por el Ayuntamiento de Jaén ha sido solicitada la cesión de uso de los terrenos del antiguo Polígono de Tiro, en el barrio de San Sebastián-El Tomillo, sitos en su término municipal, con destino a programas de acción sociocultural.

La descripción registral del inmueble es la siguiente:

Finca rústica denominada Neveral o Solana, término municipal de Jaén, que tiene la forma de un trapecio con una extensión superficial de cuarenta y dos mil setecientos metros cuadrados. Linda por todos sus puntos cardinales con el resto de la finca de donde se segrega, propiedad del Excmo. Ayuntamiento de Jaén, a excepción del Sur, que linda con finca de doña Aurora García Cobo. Sobre la misma existe una parcela de terreno dedicada a polígono de Tiro en el lugar conocido por «Neveral o Solana¯, término de Jaén. Se encuentra inscrito a nombre de la Comunidad Autónoma de Andalucía en el Registro de la Propiedad número de Jaén, al folio 72, tomo 1.642, libro, de Jaén, finca núm. 23.724, inscripción 6ª

El bien cuya cesión se solicita tiene la calificación de demanial, siendo posible tal cesión al amparo de lo dispuesto en los artículos 6, 27, párrafo primero, y 57 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

La Consejería de Turismo y Deporte se manifiesta a favor de la cesión del inmueble, para su gestión y uso en los términos que se establecen en el presente Acuerdo.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Economía y Hacienda, el Consejo de Gobierno en su reunión del día 13 de marzo de 1997, adoptó el siguiente

ACUERDO

Primero. Ceder gratuitamente al Ayuntamiento de Jaén, de conformidad con los artículos 6, 27, párrafo primero, y 57 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, el uso del inmueble descrito en la parte expositiva del presente Acuerdo, con destino a programas de acción sociocultural, por un plazo de 50 años.

Segundo. Si el bien cedido no fuera destinado al uso previsto, se considerará resuelta la cesión y revertirá a la Comunidad Autónoma, integrándose en su patrimonio con todas sus pertenencias y accesiones, sin derecho a indemnización, teniendo la Comunidad Autónoma derecho, además, a percibir del cesionario, previa tasación pericial, el valor de los detrimentos o deterioros del mismo.

Tercero. El Ayuntamiento de Jaén se obliga a asumir los gastos necesarios de mantenimiento para el buen uso del bien cedido, así como los de personal, el cual, una vez finalizado el plazo de cesión, no pasará a depender de la Junta de Andalucía.

Cuarto. El Ayuntamiento de Jaén se subroga, durante el plazo de vigencia de la cesión, en las obligaciones tributarias que la Comunidad Autónoma posea respecto del inmueble citado.

Asimismo, queda obligado a mantener durante dicho plazo en perfecta conservación el inmueble, siendo responsable de los daños, detrimentos o deterioros causados.

Quinto. Queda expresamente prohibido el arrendamiento y la cesión del inmueble.

Sexto. Transcurrido el plazo de cesión pasarán a propiedad de la Comunidad Autónoma las pertenencias, accesiones y cuantas revalorizaciones se hubieran acometido por el cesionario, sin derecho a compensación alguna.

Séptimo. La Comunidad Autónoma de Andalucía, a través de la Dirección General de Patrimonio, conservará en todo caso las potestades de autotutela sobre los bienes cedidos, en aras del ejercicio de las prerrogativas contempladas en el Capítulo I del Título II de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Sevilla, 13 de marzo de 1997

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

MAGDALENA ALVAREZ ARZA

Consejera de Economía y Hacienda

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