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De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Trabajo e Industria de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento en sus propios términos el Fallo de la sentencia dictada con fecha 29 de mayo de 1995, por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla, en el recurso contencioso-administrativo núm. 613/1993, promovido por Islantilla Golf, S.A., sobre sanción, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
FALLO
Que estimando parcialmente el recurso contenciosoadministrativo núm. 613/93, interpuesto por la Procuradora doña Ana María Asensio Vegas en nombre y representación de la entidad Islantilla Golf, S.A., declaramos la validez del acuerdo impugnado precitado en el fundamento jurídico primero de esta sentencia, si bien reducimos la sanción impuesta a la cuantía de 250.000 ptas. Sin costas.
Sevilla, 9 de abril de 1997.- El Secretario General Técnico, Javier Aguado Hinojal.
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