Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 5 de 11/01/1997

1. Disposiciones generales

Consejería de Economía y Hacienda

DECRETO 518/1996, de 10 de diciembre, por el que se acepta la donación al Instituto Andaluz de Servicios Sociales por el Ayuntamiento de Baeza (Jaén), de parte del inmueble denominado Vela de Almazán, sito en C/ Acera de la Magdalena, 16, de la citada localidad, con destino a la construcción de un Centro de Servicios Sociales.

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Por el Ayuntamiento de Baeza (Jaén) fue ofrecida al Instituto Andaluz de Servicios Sociales una parte del inmueble denominado «Vela de Almazán¯, sito en C/ Acera de la Magdalena, 16, con destino a la construcción de un Centro de Servicios Sociales.

Por el Instituto Andaluz de Servicios Sociales se ha considerado de interés la aceptación de la referida donacion en orden a mejorar los servicios sociales de la zona.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Economía y Hacienda, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 10 de diciembre de 1996

DISPONGO

Primero. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 80 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se acepta la donación ofrecida por el Ayuntamiento de Baeza (Jaén), cuyo objeto es el inmueble que a continuación se describe:

Parcela con superficie de 297,37 m, que forma parte del inmueble denominado «Vela de Almazán¯, sito en la calle Acera de la Magdalena, núm. 16, del término municipal de Baeza (Jaén), inscrito en el Registro de la Propiedad de Baeza, al tomo 792, libro 349, folio 114, finca número 5.156, inscripción

25ª La parcela donada tiene los siguientes linderos: Izquierda y fondo, Hogar de Pensionistas; derecha, casa núm. 5, de las calles Las Minas; frente, calle Las Minas.

Segundo. El inmueble deberá incorporarse al Inventario del Instituto Andaluz de Servicios Sociales, una vez inscrito a su nombre en el Registro de la Propiedad, con destino a la construcción de un Centro de Servicios Sociales.

Tercero. De conformidad con el artículo 56 de la citada Ley del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, el inmueble queda afectado al dominio público, pasando a ser de titularidad de la Comunidad Autónoma y adscribiéndose al Instituto Andaluz de Servicios Sociales.

Cuarto. Por la Consejería de Economía y Hacienda, a través de la Dirección General de Patrimonio, y por el Instituto Andaluz de Servicios Sociales como Organismo Autónomo con personalidad jurídica propiedad, se llevarán a cabo los trámites necesarios para la efectividad de cuanto se dispone en el presente Decreto.

Sevilla, 10 de diciembre de 1996

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

MAGDALENA ALVAREZ ARZA

Consejera de Economía y Hacienda

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