Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 5 de 11/01/1997

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 5 de diciembre de 1996, por la que se concede subvención específica, por razón del objeto, a la Federación Andaluza de Asociaciones de Sordos para el desarrollo del acuerdo suscrito con la Consejería para la incorporación, con carácter experimental, de intérpretes de la Lengua de Signos en determinados centros docentes.

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La Ley 13/1982, de 7 de abril, de integración social de los minusválidos, en su artículo 23, establece que el minusválido se integrará en el sistema ordinario de la educación general, recibiendo en su caso, los programas de apoyo y recursos necesarios.

En este sentido, la Junta de Andalucía, a través de la Consejería de Educación y Ciencia ha venido desarrollando, en la última década, una intensa labor en pro de la atención de las necesidades educativas de los alumnos y alumnas con discapacidad auditiva, que abarca desde la integración en los centros educativos ordinarios y sus correspondientes apoyos, al tratamiento especializado por parte de equipos específicos. La aplicación del actual modelo curricular ha permitido el ajuste de las estrategias educativas a las necesidades de estos alumnos y alumnas, adaptando los elementos del currículo e incorporando otros que faciliten el acceso al mismo, lo que ha hecho posible que estos alumnos alcancen los objetivos educativos en el régimen de mayor integración posible.

Uno de los factores que mayores dificultades plantea para el adecuado desarrollo de los procesos de enseñanza y de aprendizaje a los alumnos y alumnas sordos, especialmente aquéllos con pérdidas auditivas más profundas, es el relativo a sus posibilidades de comunicación. Por ello, una parte de la comunidad de personas sordas o con discapacidad auditiva necesita aprender y emplear la Lengua de Signos como instrumento de comunicación para compensar las limitaciones comunicativas derivadas de su discapacidad y facilitar la comunicación, las relaciones sociales y el desarrollo adecuado del proceso de enseñanza y de aprendizaje.

La Federación Andaluza de Asociaciones de Sordos y la Consejería de Educación y Ciencia iniciaron durante el curso 1995/96, mediante un acuerdo de colaboración, la experiencia de incorporación de intérpretes de la Lengua de Signos en la educación de las personas sordas o con discapacidad auditiva que por su trayectoria y características personales así lo requerían, con la finalidad de propiciar un óptimo desarrollo de su proceso educativo. Para continuar atendiendo la demanda de este sector del alumnado, la Consejería de Educación y Ciencia y la Federación Andaluza de Asociaciones de Sordos han decidido renovar el acuerdo de colaboración para que, con carácter experimental, se facilite la utilización de la Lengua de Signos por parte de los alumnos y alumnas sordos que cumplan los requisitos recogidos en la cláusula tercera del Convenio aludido y estén escolorizados en el Segundo Ciclo de Educación Secundaria Obligatoria, BUP y Formación Profesional de los centros que se determinen para la experimentación objeto del citado acuerdo, posibilitando la incorporación de intérpretes de Lengua de Signos como recurso didáctico y de apoyo en estos centros.

En base a las consideraciones anteriores y teniendo en cuenta que para el desarrollo del acuerdo será necesario el empleo de determinados recursos económicos para los cuales la Federación Andaluza de Asociaciones de Sordos solicita la colaboración de esta Consejería de Educación y Ciencia, y habida cuenta de que existe crédito presupuestario para conceder la ayuda solicitada, de conformidad con el artículo 26 de la Ley 7/1996, de 31 de julio, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 1996, por el que se introduce en la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad de Andalucía el Título VIII, denominado «De las subvenciones y ayudas públicas¯, esta Consejería de Educación y Ciencia ha dispuesto:

Primero. Conceder una subvención específica por razón del objeto a la Federación Andaluza de Asociaciones de Sordos para la contratación, por parte de la misma, de los Intérpretes de Lengua de Signos que en virtud del Convenio aludido son necesarios para su desarrollo, por importe de

13.464.000 pesetas, con cargo a la aplicación presupuestaria

03.00.481.00.32F, correspondiendo 4.955.200 pesetas al Ejercicio Presupuestario de 1996 y 8.508.800 pesetas al Ejercicio Presupuestario de

1997.

Segundo. La Federación Andaluza de Asociaciones de Sordos deberá justificar la correcta inversión de la ayuda recibida, de acuerdo con el procedimiento ordinario de justificación que se establece en las disposiciones vigentes.

Tercero. La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 5 de diciembre de 1996

MANUEL PEZZI CERETTO

Consejero de Educación y Ciencia

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