Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 56 de 15/05/1997

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación y Justicia

RESOLUCION de 7 de mayo de 1997, de la Secretaría General para la Administración Pública, por la que se hacen públicos los listados provisionales de admitidos y excluidos para la concesión de anticipos al personal al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía, ejercicio de 1997.

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La Orden de la Consejería de Gobernación de 14 de diciembre de 1992 (BOJA del 24), modificada parcialmente por la de 1 de octubre de 1993 (BOJA del 14), reguló la concesión de anticipos reintegrables al personal al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía.

La Disposición Final Primera de la primera Orden citada faculta a la Secretaría General para la Administración Pública a dictar las resoluciones oportunas y a realizar cuantas actuaciones sean necesarias en desarrollo y aplicación de dicha norma.

En su virtud, gestionadas la totalidad de las solicitudes recibidas y destinados los porcentajes a los distintos grupos funcionariales y laborales, según se dispone en el artículo 11.2 de la precitada Orden y en la Resolución de la Dirección General de la Función Pública, de 27 de febrero de 1997 (BOJA de 13 de marzo), esta Secretaría General

HA RESUELTO

Primero. Distribuir la cantidad habilitada en el ejercicio de 1997 para anticipos reintegrables para el personal al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía entre sus distintos ámbitos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 11.1 de la Orden de la Consejería de Gobernación de 14 de diciembre de 1992 (BOJA del 24), en los siguientes porcentajes:

Personal funcionario y no laboral: 92% (414.000.000 de ptas.).

Personal laboral: 8% (36.000.000 de ptas.).

Segundo. Los porcentajes asignados a cada uno de los grupos funcionariales y laborales son los establecidos a efectos de préstamos de Acción Social en los Anexos I y II de la Resolución de la Dirección General de la Función Pública, de 27 de febrero de 1997 (BOJA de 13 de marzo), de distribución de créditos de Acción Social del ejercicio de 1997, para el personal funcionario y no laboral y para el persona laboral.

Tercero. Publicar los listados provisionales del personal funcionario y no laboral y del personal laboral, respectivamente, al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía admitido para la concesión de anticipos reintegrables del ejercicio de 1997, ordenado alfabéticamente.

Cuarto. Publicar los listados provisionales del personal funcionario y no laboral y del personal laboral, respectivamente, al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía excluido de la concesión de anticipos reintegrables del ejercicio de 1997, por orden alfabético y con indicación de las causas de exclusión.

Quinto. Contra lo establecido en la presente Resolución, los interesados podrán presentar las reclamaciones que estimen pertinentes ante la Secretaría General para la Administración Pública, en el plazo de diez días hábiles a partir del siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Dichas reclamaciones se presentarán en los Registros Generales de las Consejerías y Organismos Autónomos y sus Delegaciones en las distintas provincias, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 38.4 de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 7 de mayo de 1997.- El Director General de la Función Pública, P.D. (Res. 10.12.96), Vicente Vigil-Escalera Pacheco.

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