Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
De orden delegada por el Excmo. Sr. Consejero de Trabajo e Industria de la Junta de Andalucía, se publica para general conocimiento en sus propios términos el Fallo de la Sentencia dictada con fecha 10 de marzo de 1997, por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Granada, en el Recurso Contencioso-Administrativo número 400/1994, promovido por Matil, S.A., sobre sanción, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
FALLO
Desestimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación procesal de la entidad mercantil Matil, S.A., contra la Resolución de la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social de la Consejería de Trabajo de la Junta de Andalucía, de fecha 23 de noviembre de
1993, recurso 2/93, por la que se desestima el recurso de alzada interpuesto por la entidad recurrente contra la resolución de la Delegación Provincial en Jaén de dicha Consejería, expediente 464/92, de fecha 20 de noviembre de
1992, por la que se impuso sanción de dos multas de 100.000 ptas. (200.000 en total) por infracciones laborales, en confirmación del acta de infracción
1375/92. Confirmamos dichas resoluciones por ser ajustadas a Derecho. Sin expresa imposición de costas.
Sevilla, 15 de mayo de 1997.- El Secretario General Técnico, Javier Aguado Hinojal.
Descargar PDF