Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 66 de 10/06/1997

1. Disposiciones generales

Consejería de Gobernación y Justicia

ORDEN de 19 de mayo de 1997, por la que se otorga un nuevo plazo para la integración en los Cuerpos y especialidades de la Administración General de la Junta de Andalucía de los funcionarios procedentes de otras Administraciones Públicas, al establecido por Orden de 16 de diciembre de 1996, de esta Consejería, en desarrollo de la Disposición Adicional Undécima de la Ley 7/1996, de 31 de julio, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 1996.

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Por la Orden de 16 de diciembre de 1996 se desarrollaba la Disposición Adicional Undécima de la Ley 7/1996, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 1996, ofreciendo nuevamente la posibilidad de una integración plena en la organización de la Función Pública de esta Comunidad Autónoma, con los beneficios que respecto a los distintos aspectos de promoción profesional y carrera administrativa conlleva a aquellos funcionarios procedentes de otras Administraciones Públicas que venían prestando servicios en puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía y que hasta el día de la fecha de la publicación de la mencionada Orden no habían podido regularizar su situación administrativa respecto a esta Administración Pública.

Por Orden de 21 de abril de 1997 de esta Consejería, se integra en los Cuerpos y especialidades de la Administración General de la Junta de Andalucía, a los funcionarios que reuniendo los requisitos establecidos en la Disposición Adicional Undécima de la Ley 7/1996, de 31 de julio, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 1996, y desarrollada por la Orden de esta Consejería de fecha 16 de diciembre del mismo año, lo solicitaron en plazo y forma.

Por existir funcionarios que reuniendo los requisitos establecidos en las mencionadas normas, no solicitaron en el plazo establecido para ello la integración en los Cuerpos y especialidades de la Administración General de la Junta de Andalucía, y en consideración a los beneficios que respecto a los distintos aspectos de la promoción profesional y la carrera administrativa conlleva para los mismos, resulta conveniente otorgar este nuevo plazo.

En su virtud, y en uso de las facultades atribuidas a esta Consejería por el art. 5º de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, por la Disposición Adicional Undécima de la Ley 7/1996, de 31 de julio, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 1996 y la Orden de 16 de diciembre de 1996, por la que se desarrolla la Disposición Adicional Undécima de la Ley 7/1996, de 31 de julio, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 1996, y se regula el procedimiento a seguir para la integración de los funcionarios procedentes de otras Administraciones Públicas en los Cuerpos y especialidades de la Administración General de la Junta de Andalucía,

DISPONGO

Primero. Otorgar un nuevo plazo de un mes, contado a partir de la entrada en vigor de la presente Orden, para que los funcionarios interesados formulen su solicitud de integración en el modelo oficial que figura en el Anexo a la misma, dirigida al Ilmo. Sr. Director General de la Función Pública, Consejería de Gobernación y Justicia de la Junta de Andalucía, Plaza Nueva,

4, 41071 Sevilla.

Segundo. La solicitud de integración no podrá ser condicionada a que la misma se produzca en un determinado Cuerpo o especialidad, quedando sin efectos aquellas solicitudes que incluyan dicha condición.

Tercero. La aplicación y desarrollo de la presente Orden se efectuará en los mismos términos que los dispuestos en la Orden de 16 de diciembre de 1996 (BOJA núm. 4, de 9-1-1997), por la que se desarrolla la Disposición Adicional Undécima de la Ley 7/1996, de 31 de julio, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 1996, y se regula el procedimiento a seguir para la integración de los funcionarios procedentes de otras Administraciones Públicas en los Cuerpos y especialidades de la Administración General de la Junta de Andalucía.

Disposición Final. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 19 de mayo de 1997

CARMEN HERMOSIN BONO

Consejera de Gobernación y Justicia

Ver Anexo en página 200 del BOJA núm. 4, de 9-1-97

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