Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 7 de 16/01/1997

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 12 de diciembre de 1996, por la que se concede subvención especial a la Confederación de Estudiantes de EE.MM. de Andalucía, en los niveles no universitarios, para el desarrollo de actividades en relación con los procesos electorales a Consejos Escolares.

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Las Confederaciones de Asociaciones de Alumnos y Alumnas de la Comunidad Autónoma de Andalucía, respondiendo tanto a las Leyes Orgánicas 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, y 9/1995, de 20 de noviembre, de la participación, la evaluación y el gobierno de los Centros docentes como al Decreto 28/1988, de 10 de febrero, por el que se regulan las Asociaciones de Alumnos de los Centros docentes no universitarios en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, son un cauce de participación en la programación del sistema educativo de uno de los sectores que conforman la comunidad escolar.

Por otro lado, la Orden de 11 de noviembre de 1996, regula los procesos electorales y constitución de los Consejos Escolares en los Centros Docentes públicos y privados concertados, a excepción de los Centros para la Educación de Adultos y de los Universitarios.

Estas Confederaciones vienen programando y realizando distintas actividades que fomentan la participación de los alumnos y alumnas en la labor educativa y en el ejercicio de los derechos reconocidos en la legislación vigente.

De acuerdo con los artículos 104 y 107 de la Ley 5/1983, de 26 de julio, General de Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, esta Consejería de Educación y Ciencia considera que se da el supuesto de excepcionalidad y especialidad contemplado en la citada norma, quedando acreditado, por lo expuesto anteriormente, el interés social que la presente subvención persigue.

Teniendo en cuenta lo anterior y habida cuenta de que existe crédito presupuestario para conceder la ayuda, de conformidad con el artículo 26 de la Ley 7/96 del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 1996, por el que se introduce en la Ley General de la Hacienda Pública ya citada el título VIII que viene a regular las Subvenciones y Ayudas Públicas, esta Consejería de Educación y Ciencia,

HA DISPUESTO

Artículo 1. Conceder subvención para el desarrollo de actividades de formación y potenciación de la participación en los procesos electorales a Consejos Escolares de 1996, con cargo a la aplicación presupuestaria

01.18.00.18.00.48900.12J.3, y por la cuantía que se señala, a:

Federación de Estudiantes de EE.MM. de Andalucía, FAEMA: 662.700.

Artículo 2. La entidad deberá justificar, en el plazo de tres meses desde la fecha de pago, la correcta inversión de la ayuda recibida, mediante la presentación de la siguiente documentación:

a) Certificado de los gestores de la entidad en el que se haga constar que el importe de la ayuda ha sido destinado en su integridad a las actividades para las que se le concede la misma.

b) Certificado acreditativo de que el importe de la subvención ha quedado registrado en su contabilidad.

c) Memoria descriptiva de las actividades realizadas.

d) Carpeta-índice que incluya relación, para cada una de las actividades especificadas en la memoria, de los gastos así como todos los originales de facturas y de cualquier otro justificante de gasto realizado que, legalmente admitido, sea imputable a la ayuda concedida.

Artículo 3. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de dos meses a partir de su publicación, recurso Contencioso-Administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, previa comunicación a esta Consejería, conforme a lo establecido en los artículos 37.1 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y

110.3 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 12 de diciembre de 1996

MANUEL PEZZI CERETTO

Consejero de Educación y Ciencia

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