Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 7 de 16/01/1997

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 12 de diciembre de 1996, por la que se concede subvención especial a la Confederación Andaluza de Padres de Alumnos, para el desarrollo de actividades de formación y dinamización en relación a los procesos electorales a Consejos Escolares.

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La Consejería de Educación y Ciencia considera imprescindible la participación de los padres y las madres en la vida de los Centros, así como la dinamización de sus actividades a través de los cauces establecidos, respondiendo tanto a las Leyes Orgánicas 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, y 9/1995, de 20 de noviembre, de la participación, la evaluación y el gobierno de los Centros docentes, como al Decreto 27/1988, de 10 de febrero, por el que se regulan las Asociaciones de Padres de Alumnos de Centros docentes no universitarios en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Por otro lado, la Orden de 11 de noviembre de 1996, regula los procesos electorales y constitución de los Consejos Escolares en los Centros Docentes públicos y privados concertados, a excepción de los Centros para la Educación de Adultos y de los Universitarios.

Las organizaciones asociativas de padres y madres juegan un papel fundamental, a través de sus propias actividades de formación y dinamización, en la potenciación de la participación en estos procesos electorales, así como en la colaboración para profundizar en la transformación del sistema educativo.

De acuerdo con los artículos 104 y 107 de la Ley 5/1983, de 26 de julio, General de Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, esta Consejería de Educación y Ciencia considera, que se da el supuesto de excepcionalidad y especialidad contemplando en la citada norma, quedando acreditado, por lo expuesto anteriormente, el interés social que la presente subvención persigue.

Teniendo en cuenta lo anterior y habida cuenta de que existe crédito presupuestario para conceder la ayuda, de conformidad con el artículo 26 de la Ley 7/96, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para

1996, por el que se introduce en la Ley General de la Hacienda Pública ya citada el título VIII que viene a regular las Subvenciones y Ayudas Públicas, esta Consejería de Educación y Ciencia,

HA DISPUESTO

Artículo 1. Conceder subvención de acuerdo con el artículo 107 de la citada Ley General de la Hacienda Pública, para el desarrollo de actividades de formación y dinamización para los procesos electorales a Consejos Escolares de 1996, con cargo a la aplicación presupuestaria

0.1.18.00.18.00.48900.12J.3 y por la cuantía que se señala, a:

- Confederación Andaluza de Padres de Alumnos (UFAPA): 1.500.000.

Artículo 2. La entidad deberá justificar, en el plazo de tres meses desde la fecha de pago, la correcta inversión de la ayuda recibida, mediante la presentación de la siguiente documentación:

a) Certificado de los gestores de la entidad en el que se haga constar que el importe de la ayuda ha sido destinado en su integridad a las actividades para las que se le concede la misma.

b) Certificado acreditativo de que el importe de la subvención ha quedado registrado en su contabilidad.

c) Memoria descriptiva de las actividades realizadas.

d) Carpeta-índice que incluya relación, para cada una de las actividades especificadas en la memoria, de los gastos, así como todos los originales de facturas y de cualquier otro justificante de gasto realizado que, legalmente admitido, sea imputable a la ayuda concedida.

Artículo 3. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de dos meses a partir de su publicación, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, previa comunicación a esta Consejería, conforme a lo establecido en los artículos 37.1 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y 110.3 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 12 de diciembre de 1996

MANUEL PEZZI CERETTO

Consejero de Educación y Ciencia

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