Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 74 de 28/06/1997

3. Otras disposiciones

Consejería de Trabajo e Industria

RESOLUCION de 6 de junio de 1997, de la Dirección General de Comercio, Consumo y Cooperación Económica, por la que se hace pública la declaración del término municipal de Lanjarón (Granada) como zona de gran afluencia turística, a los efectos de horarios comerciales.

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De conformidad con lo dispuesto en la Ley 1/1996, de 10 de enero, del Comercio Interior de Andalucía, el Decreto 66/1994, de 22 de marzo, por el que se regulan los horarios para la apertura y cierre de los establecimientos comerciales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía y en la Orden de 24 de julio de 1996, por la que se regula el procedimiento para la determinación de las zonas que tengan la condición de gran afluencia turística a efectos de horarios comerciales, se hace público que, por Resolución de la Consejería de Trabajo e Industria de fecha 28 de mayo de 1997, se declara el término municipal de Lanjarón (Granada) zona de gran afluencia turística a efectos de horarios comerciales durante los períodos que se relacionan a continuación, teniendo los establecimientos ubicados en el término municipal libertad horaria durante dichos períodos:

a) Semana Santa de los años 1998, 1999 y 2000, desde el Domingo de Ramos hasta el Domingo de Resurrección, ambos incluidos.

b) Desde el 24 de junio hasta el 30 de septiembre, ambos incluidos, de los años 1997, 1998, 1999 y 2000.

c) Desde el 22 de diciembre de 1997 a 6 de enero de 1998, 22 de diciembre de

1998 a 6 de enero de 1999, 22 de diciembre de 1999 a 6 de enero del 2000 y

22 de diciembre del 2000 a 6 de enero del 2001, todos ellos incluidos. Sevilla, 6 de junio de 1997.- La Directora General, Rosamar Prieto-Castro García-Alix.

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