Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 74 de 28/06/1997

3. Otras disposiciones

Consejería de Turismo y Deporte

RESOLUCION de 9 de junio de 1997, de la Viceconsejería, por la que se concede a la Entidad Rioterra Ocio y Medio Ambiente, SL, el Título- Licencia de Agencia de Viajes Minorista, bajo la denominación de Rioterra Viajes, con el Código Identificativo AN-41469-2.

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Por don Ignacio Martínez Muñoz, en nombre y representación de la Entidad Rioterra Ocio y Medio Ambiente, S.L., se ha solicitado de esta Consejería la concesión del Título-Licencia de Agencia de Viajes Minorista, bajo la denominación de Rioterra Viajes, de conformidad con el Real Decreto

271/1988, de 25 de marzo, y Orden Ministerial de 14 de abril de 1988, reguladores del ejercicio de las actividades propias de Agencias de Viajes, y vigentes en la fecha de presentación de la solicitud, habiéndose aportado la documentación que acredita reunir los requisitos exigidos por las mencionadas disposiciones legales.

En su virtud, y a propuesta de la Dirección General de Planificación Turística, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4º del Real Decreto 271/1988, de 25 de marzo, y en uso de las facultades que me confiere el artículo 44.4 de la Ley 6/1983 del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma,

RESUELVO

Conceder el Título-Licencia de Agencia de Viajes Minorista a la Entidad Rioterra Ocio y Medio Ambiente, S.L., bajo la denominación de Rioterra Viajes, con el Código Identificativo AN-41469-2 y sede social en Sevilla, C/ Hernando Colón, 5, 1º, pudiendo ejercer su actividad a partir de la fecha de publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con sujeción a los preceptos de la Orden Ministerial de 14 de abril de 1988 y demás disposiciones aplicables.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, previa comunicación a este órgano, de conformidad con lo establecido en los artículos 57.2 y 58 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956.

Sevilla, 9 de junio de 1997.- El Viceconsejero, Antonio Reyes Ruiz.

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