Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 117 de 15/10/1998

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Ciencia

ORDEN de 22 de septiembre de 1998, por la que se concede la autorización para su apertura y funcionamiento al Centro privado La Latina, de Marbella (Málaga).

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Visto el expediente instruido a instancia de doña Mª Teresa Riverola Armisen, como representante de la Entidad «TAY, Sociedad Particular Civil¯, Titular del Centro docente privado «La Latina¯, sito en Marbella (Málaga), Urbanización El Mirador, parcela núm. 20, solicitando autorización definitiva para la apertura y funcionamiento de dicho Centro con 4 unidades de Educación Secundaria Obligatoria, según lo dispuesto en el Decreto 109/1992, de 9 de junio, sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General.

Resultando que el Centro privado «La Latina¯ de Marbella (Málaga) tiene autorización para dos centros del mismo titular, uno de Educación Preescolar con 1 unidad y 24 puestos escolares y otro de Educación Primaria con 8 unidades y 320 puestos escolares.

Resultando que en el expediente de autorización han recaído informes favorables del Servicio de Inspección Educativa y del Departamento Técnico de Construcciones del Servicio de Programas y Obras de la Delegación Provincial de Educación y Ciencia de Málaga, como se contempla en el art. 9, punto 2º, del Decreto 109/92, de 9 de junio.

Considerando que se han cumplido en el presente expediente todos los requisitos exigidos por la normativa vigente en esta materia.

Esta Consejería de Educación y Ciencia ha dispuesto:

Primero. Autorizar, de acuerdo con el artículo 9 del Decreto

109/1992, de 9 de junio, la apertura y funcionamiento del Centro de Educación Secundaria «La Latina¯ de Marbella (Málaga) y, como consecuencia de ello, establecer la configuración definitiva de los centros que se describen a continuación:

A) Denominación genérica: Centro de Educación Primaria. Denominación específica: «La Latina¯.

Titular: «TAY, Sociedad Particular Civil¯. Domicilio: Urbanización El Mirador, parcela núm. 70. Localidad: Marbella.

Municipio: Marbella.

Provincia: Málaga.

Código del Centro: 29006741.

Enseñanzas a impartir: Educación Primaria. Capacidad: 6 unidades y 150 puestos escolares.

B) Denominación genérica: Centro de Educación Secundaria. Denominación específica: «La Latina¯.

Titular: «TAY, Sociedad Particular Civil¯. Domicilio: Urbanización El Mirador, parcela núm. 70. Localidad: Marbella.

Municipio: Marbella.

Provincia: Málaga.

Código del Centro: 29006741.

Enseñanzas que se autorizan: Educación Secundaria Obligatoria. Capacidad: 4 unidades y 108 puestos escolares.

Segundo. Provisionalmente, y hasta que no se implanten las enseñanzas definitivas, de acuerdo con el calendario de aplicación de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, los centros mencionados podrán impartir las siguientes enseñanzas:

- El Centro de Educación Preescolar «La Latina¯ de Marbella (Málaga) podrá funcionar con 24 puestos escolares, hasta finalizar el curso escolar 1999/2000, que cesará definitivamente en la impartición de las referidas enseñanzas.

Tercero. Antes del inicio de las enseñanzas de Educación Secundaria Obligatoria, la Delegación Provincial de Educación y Ciencia en Málaga, previo informe del Servicio de Inspección de Educación, aprobará expresamente la relación de personal que impartirá docencia en el Centro.

Cuarto. Dicho Centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya que modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden.

Quinto. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de dos meses a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, previa comunicación a esta

Consejería, conforme a lo establecido en los artículos 37.1 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y 110.3 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 22 de septiembre de 1998

MANUEL PEZZI CERETO

Consejero de Educación y Ciencia

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