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Mediante Resolución de 31 de julio de 1997 de esta Dirección del Fondo Andaluz de Garantía Agraria (FAGA en adelante), se delegó en los Delegados Provinciales de la Consejería de Agricultura y Pesca, en su correspondiente ámbito, la competencia para la resolución de los expedientes de subvención de determinadas líneas de ayuda, financiadas por la Sección Garantía del Fondo Europeo de Orientación y Garantía Agrícola (FEOGA-G).
Por motivos derivados de la propia gestión del pago de diversas ayudas, que corresponde al FAGA al habérsele designado como Organismo Pagador de los gastos correspondientes a la Política Agraria Común en Andalucía, y debido a la reciente modificación de la línea de ayudas para fomentar inversiones forestales en explotaciones agrarias, mediante el Decreto 127/1998, de 16 de junio, que viene a atribuir a la Consejería de Medio Ambiente la instrucción, resolución y propuesta de pago de las ayudas para la mejora de alcornocales y de otras superficies forestales en explotaciones agrarias, se considera oportuno revocar la delegación de competencias efectuadas.
Por todo ello, y en base al artículo 13.6 de la Ley 30/1992, de
26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,
R E S U E L V O
Primero. Revocar la delegación de competencias efectuadas mediante Resolución de 31 de julio de 1997, por la que se delegan competencias en materia de subvenciones correspondientes a las medidas de acompañamiento de la política agraria comunitaria (BOJA núm. 98, de 23 de agosto de).
Segundo. La presente Resolución, que deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, entrará en vigor el día siguiente al de su publicación.
Sevilla, 2 de octubre de 1998.- El Director del FAGA, Félix Martínez Aljama.
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