Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 121 de 24/10/1998

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Consejería de la Presidencia

RESOLUCION de 2 de octubre de 1998, de la Dirección General de Comunicación Social, por la que se notifica a don José Avalos Rodríguez el requerimiento núm. 209/16.98 para que proceda al inmediato cese de las emisiones y al desmontaje de todos los equipos y unidades transmisoras no autorizadas.

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Habiéndose formulado con fecha 21-9-98 requerimiento núm.

209/16.98 de la Dirección General de Comunicación Social a don José Avalos Rodríguez por haber instalado y puesto en funcionamiento una emisora de F.M., de la que es presunto titular, emitiendo en la frecuencia 99.9 Mhz sin disponer de la preceptiva concesión administrativa que lo habilite para ello, y habiéndose intentado infructuosamente la notificación de dicho requerimiento por la vía prevista en el art. 59.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, procede publicar el presente anuncio para su insersión en el BOJA, conforme determina el citado artículo 59 en su párrafo 4.

«R E Q U E R I M I E N T O

Según informe de la Jefatura Provincial de Inspección de Telecomunicaciones de Huelva de 15 de abril de 1998, funcionarios adscritos a la mencionada Jefatura comparecen en la finca ubicada en C/ Traspalacios, 78, de Lepe (Huelva), siendo atendidos por don Sergio Avalos Gallego, que actúa con carácter de familiar del titular, comprobándose que ha instalado y puesto en funcionamiento una Emisora de F.M., cuyo presunto titular es don José Avalos Rodríguez, emitiendo en la frecuencia 99.9 Mhz sin disponer de la preceptiva concesión administrativa que le habilite para ello.

Constituyen estos hechos infracciones administrativas tipificadas como muy graves en el Título IV de la vigente Ley

31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones (BOE núm. 30, de 19-12-1987 y núm. 291, de

4.12.1992).

Considerando las facultades que a esta Dirección General corresponden, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 10 del Decreto 75/1989, de 4 de abril, y en el artículo 4 del Decreto

246/1991, de 23 de diciembre, se le requiere para que proceda al inmediato cese de las emisiones y al desmontaje de todos los equipos y unidades transmisoras no autorizadas; debiendo comunicar a esta Dirección General el efectivo cumplimiento de este Requerimiento en un plazo no superior a diez días desde su notificación

En caso contrario se incoará expediente sancionador, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 33, 34 y 36 de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, del que se puede derivar la imposición de una multa de hasta diez millones de pesetas y la incautación de los equipos.

El Director General de Comunicación Social, Fdo.: José Carlos Alarcón Arévalo¯.

Lo que se comunica para su conocimiento y a los efectos procedentes.

Sevilla, 2 de octubre de 1998.- El Director General, José Carlos Alarcón Arévalo.

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