Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 129 de 12/11/1998

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Consejería de Obras Públicas y Transportes

ANUNCIO de la Delegación Provincial de Huelva, relativo al Acuerdo de iniciación del expediente sancionador que se cita (ES-C-H-06/98).

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Intentada sin efecto la notificación del Acuerdo de iniciación del procedimiento sancionador ES-C-H-06/98 incoado por esta Delegación Provincial a Graneles y Minerales del Sur, S.A., en cumplimiento de lo prevenido en el artículo 59.4 de la Ley 30/92 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de 26 de noviembre, para que sirva de notificación a la citada entidad se publica a continuación su texto íntegro:

«Vista la denuncia formulada por el Servicio de Carreteras el día 11 de junio de 1998, contra Graneles y Minerales del Sur, S.A con domicilio en Avda. de la Constitución de Sevilla, por presuntas infracciones a la normativa de Carreteras.

Siendo este Organo competente para la iniciación de expediente sancionador por esta materia, en virtud de la competencia conferida por el R.D. 951/84, de 28 de marzo, por el que se transfieren las funciones y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de Carreteras, el Decreto

163/84, de 5 de junio de la Consejería de Política Territorial, actualmente de Obras Públicas y Transportes, según Decreto

130/86, de 30 de junio; en virtud de lo dispuesto en los artículos 11 y 13 del Reglamento de Procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, aprobado por el R.D.

1398/93 de 4 de agosto (RPS).

He acordado la iniciación de expediente sancionador, nombrado en virtud del artículo 13 RPS Instructor del expediente a don Francisco López Arboledas, Secretario General de esta Delegación Provincial y Secretaria del mismo a doña María Isabel Muñoz Romero, administrativa, siendo su régimen de recusación el contemplado en los artículos 28 y 29 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En cumplimiento de la normativa expuesta y tras la comprobación efectuada por el vigilante de servicio, constan los siguientes hechos:

Abandonar en zona de dominio público la mercancía transportada en el vehículo camión Scania SE-4556-BH y semirremolque NA-02721-R, propiedad de la citada entidad y que era conducido por don José Antonio Tello Falcón, cuando sufrió un accidente de tráfico en pk 84 de la carretera A-493.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Los hechos anteriormente indicados pueden ser constitutivos de una infracción leve, tipificada en el artículo.2.d) de la Ley 25/1988 de Carreteras, de la que aparece como presunto responsable directo Graneles y Minerales del Sur, S.A. y por la que pudiera corrresponderle una sanción de hasta seiscientas treinta mil (630.000) pesetas, a tenor del artículo 112 del Reglamento General de Carreteras, aprobado por R.D. 1812/94, de

3 de septiembre.

El Organo competente para resolver este expediente es el Ilmo. Sr. Delegado Provincial de Obras Públicas y Transportes, de conformidad con el art. 34 de la Ley de Carreteras, modificado por la disposición adicional novena de la Ley 42/94, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y de orden social, en relación con el Decreto 208/95, de 5 de septiembre, del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, por el que se atribuyen determinadas competencias a los órganos de la Consejería de Obras Públicas y Transportes.

En cualquier momento del procedimiento, el interesado podrá reconocer la responsabilidad en los hechos denunciados, con los efectos que establece el artículo 8 del RPS. Asimismo, conforme a los artículos 3.2 del RPS el interesado tiene derecho a formular alegaciones y a aportar los documentos que considere convenientes en cualquier momento del procedimiento a partir de la notificación del presente acuerdo y con anterioridad al trámite de audiencia, y 19.1 del mismo Reglamento dispondrá de un plazo de 15 días para oponerse a la propuesta de resolución que formule el Instructor.

En particular, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 16.1 del RPS, el interesado dispone de un plazo de quince días a contar desde la notificación del presente acuerdo para aportar cuantas alegaciones, documentos e informaciones estime

convenientes y, en su caso, proponer prueba concretando los medios de que pretenda valerse.

Comuníquese el presente acuerdo al órgano instructor, con traslado de todas las actuaciones practicadas, y notifíquese a los interesados, entendiendo en todo caso por tal al inculpado, con la mención expresa de los requisitos exigidos por el artículo 58.2 de la Ley de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común¯.

Se le advierte que de no efectuar alegaciones en el plazo de quince días señalado en el artículo 16.1 del RPS, y dado que en el transcrito acuerdo se contiene un pronunciamiento preciso acerca de la responsabilidad imputada, el acuerdo de iniciación podrá ser considerado como propuesta de resolución frente a la cual podrá efectuar alegaciones en el plazo de quince días previsto en el artículo 19.1 del precitado Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora.

Huelva, 20 de octubre de 1998.- El Delegado, Francisco Díaz Olivares.

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