Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 133 de 21/11/1998

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIONN.1 DE LORCA

EDICTO. (PP. 3440/98).

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Don José Sánchez Paredes, Secretario accidental del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. 1 de la ciudad de Lorca (Murcia) y su partido.

Hago saber: Que en este Juzgado de mi cargo y con el núm.

00053/1995 se tramita Verbal Civil seguido a instancia de Carlos-Jesús Sánchez Requena, con DNI/CIF 34841355-N, domiciliado en Plaza Bendicho, 3, 1º A (Almería), representado por el Procurador don Juan Cantero Meseguer contra Gines Ortega Sánchez, con DNI/CIF domiciliado en calle Mercurio, núm. 59,

2º, 1º (Almería), Consorcio de Compensación de Seguros, con DNI/CIF domiciliado en Gran Vía, 21-23 (Murcia) y José Martín Peña, con DNI/CIF domiciliado en calle Centro, núm. 21 (Roquetas de Mar) (Almería), cuyo último domicilio, de este último, es el citado anteriormente, por el presente se notifica la sentencia recaída en los presentes autos, cuyo encabezamiento y parte dispositiva es del siguiente tenor literal: «El Sr. Don Carlos Contreras de Miguel, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Uno de los de Lorca y su partido, ha visto los presentes autos de juicio verbal núm. 53/95, seguidos a instancia de don Carlos-Jesús Sánchez Requena, representado por el Procurador don Juan Cantero Meseguer y dirigido por el letrado don Jesús Alonso Mármol, contra don Ginés Ortega Sánchez y don José Martín Peña, declarados en rebeldía, y contra el Consorcio de Compensación de Seguros. Fallo: Que desestimando la demanda interpuesta por el Procurador don Juan Cantero Meseguer, en nombre y representación de don Carlos-Jesús Sánchez Requena, absuelvo a don Gines Ortega Sánchez, a don José Martín Peña y al Consorcio de Compensación de Seguros de las pretensiones deducidas en su contra, sin hacer expresa imposición del pago de las costas de este proceso.

Contra esta Resolución podrá interponerse recurso de apelación en el plazo de cinco días.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo¯.

Y para que sirva de notificación en forma legal a José Martín Peña, cuyo domicilio se desconoce, expido la presente en Lorca (Murcia), a veinticuatro de enero de mil novecientos noventa y seis.- El/La Secretario.

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