Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 138 de 03/12/1998

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Consejería de Gobernación y Justicia

ANUNCIO de la Delegación del Gobierno de Huelva, notificando Acuerdo de Iniciación formulado en el expediente sancionador incoado que se cita.

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Intentada sin efecto la notificación del Acuerdo de Iniciación formulado en el expediente sancionador que se detalla, por supuestas infracciones a la normativa que se cita, y en cumplimiento de lo prevenido en los arts. 59.4 y 61 de la Ley 30/92 (LRJAP y PAC), de 26-11-92, se publica el presente para que sirva de notificación del mismo, significándole que en el plazo de quince días hábiles contados a partir del siguiente al de aquél en que se practique la notificación, queda de manifiesto el expediente en el Servicio de Juego y Espectáculos Públicos de esta Delegación del Gobierno, Plaza Isabel la Católica, 9, de Huelva, pudiendo formular los descargos que a sus derechos convengan, con la proposición y aportación de las pruebas que considere oportunas, a tenor de lo dispuesto en los arts. y 19 del Real Decreto 1398/93.

Expediente H-115/98-ET.

Persona o entidad denunciada y domicilio: Alcoeste, S.L., C/ Atocha, núm. 43, 1º Dcha., de Madrid.

Hechos denunciados: El día 31 de julio de 1998, tras la celebración de la corrida de toros en la Plaza de Toros La Merced, de Huelva, se procedió a la toma de muestras de sangre de la res lidiada en quinto lugar, de nombre Gorristo, con núm.

4, de la ganadería de don Manuel González, de acuerdo con el art. 1º de la Orden conjunta de las Consejerías de Gobernación y Justicia y Agricultura y Pesca de fecha 23 de abril de 1998, entregándoselas al representante de la empresa para que procediese a su envío al laboratorio de Producción y Sanidad Animal, sito en el km 395 de la Ctra. Nacional IV, en Córdoba, en un plazo no superior a cuarenta y ocho horas.

El día 3 de agosto de 1998 se constató por el Equipo Gubernativo actuante que la muestra referida no había sido enviada, permaneciendo depositada en el frigorífico de las dependencias de la plaza, habiendo transcurrido el plazo establecido.

Infracción: Arts. 7 y 9 de la Ley 10/1991 en relación con el Capítulo IV del Título V del Real Decreto 145/1996, de 2 de febrero.

Tipificación: Art. 15.s) de la Ley 10/1991, de 4 de abril.

Sanción propuesta: De acuerdo con el art. 18 de la citada Ley, las infracciones calificadas como graves serán sancionadas con una multa comprendida entre 25.000 a 10.000.000 de ptas.

Huelva, 22 de septiembre de 1998.- El Delegado, Juan Ceada Infantes.

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