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Por el Ayuntamiento de Torreperogil (Jaén) fueron ofrecidos a la Comunidad Autónoma de Andalucía unos terrenos ubicados en la Dehesa del Espinar de dicho municipio, entre la carretera Córdoba-Valencia y la travesía interior, con destino a la construcción de un Centro de Educación Secundaria Obligatoria.
Por la Consejería de Educación y Ciencia se considera de interés la aceptación de la referida donación, que permitirá incrementar la dotación para escolarización secundaria.
En su virtud, a propuesta de la Consejera de Economía y Hacienda, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en reunión celebrada el día 3 de noviembre de 1998,
DISPONGO
Primero. De conformidad con lo dispuesto en el artículo de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se acepta la donación ofrecida por el Ayuntamiento de Torreperogil (Jaén) de unos terrenos, con una superficie aproximada de 5.000 m¯, que corresponden a las siguientes fincas colindantes que, libres de cargas y a favor del Ayuntamiento donante, obran inscritas en el Registro de la Propiedad de Ubeda:
- Rústica sita en la Dehesa del Espinar, término de Torreperogil, con cabida de 20 áreas y 40 centiáreas. Linda al Norte con el camino de Ramírez; al Sur, con la carretera de Villacarrillo; al Este, con don Miguel Jurado Albante, y al Oeste, con doña María Santiago Anguis Guerrero. Inscrita al folio, tomo 1.036, libro 131, finca 7.976.
- Rústica en el sitio Dehesa del Espinar, término de Torreperogil, con cabida de 20 áreas y 40 centiáreas. Linda al Norte con el camino de Ramírez; al Sur, con la carretera de Villacarrillo; al Este, con don Cristóbal Anguis Guerrero, y al Oeste, con doña María Anguis Guerrero. Inscrita al folio 44, tomo 1.136, libro 144, finca 9.122.
- Rústica al sitio Dehesa del Espinar, término de Torreperogil, con cabida de 20 áreas y 40 centiáreas. Linda al Norte con el camino de Ramírez; al Sur, con la carretera de Villacarrillo; al Este, con doña María Santiago Anguis Guerrero, y al Oeste, con don Manuel Guerrero. Inscrita al folio, tomo 1.136, libro
144, finca 9.123.
Segundo. De acuerdo con lo dispuesto por el artículo de la mencionada Ley, dichas fincas deberán incorporarse al Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad autónoma de Andalucía, una vez inscritas a su favor en el Registro de la Propiedad, quedando adscritas a la Consejería de Educación y Ciencia con destino a la construcción de un Centro de Educación Secundaria Obligatoria.
Tercero. Por la Consejería de Economía y Hacienda, a través de la Dirección General de Patrimonio, se llevarán a cabo los trámites necesarios para la efectividad de cuanto dispone el presente Decreto.
Sevilla, 3 de noviembre de 1998
MANUEL CHAVES GONZALEZ
Presidente de la Junta de Andalucía
MAGDALENA ALVAREZ ARZA
Consejera de Economía y Hacienda
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